Política
¡30 días más!

Gobierno amplía por 30 días el estado de emergencia en Lima Metropolitana y Callao

El Poder Ejecutivo prorrogó por 30 días el estado de emergencia en Lima y Callao como parte de una medida para continuar luchando contra el crimen organizado en nuestra ciudad.
Extensión del Estado de Emergencia (Difusión)
20-12-2025

El Poder Ejecutivo prorrogó por 30 días el estado de emergencia en Lima como en el Callao con el fin de enfrentar el crimen organizado, extorsión y sicariato que azota a nuestra ciudad.

Extensión de estado de emergencia

La medida se sustenta en el Decreto Supremo 140-2025-PCM, fue publicada en la edición extraordinaria del boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano. 

Durante la vigencia de la norma, la Policía Nacional del Perú mantiene el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas y determine las zonas de intervención sobre la base de inteligencia, indicadores, estadísticas, mapas del delito, entre otros instrumentos. 

A lo largo de la prórroga del Estado de Emergencia se dará la restricción o suspensión del ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la inviolabilidad de domicilio, libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personal. 

Consecuencias de extensión

La norma detalla que para la realización de las actividades religiosas, culturales, deportivas y no deportivas de carácter masivo y público, se debe solicitar el permiso correspondiente ante las autoridades competentes para su evaluación de acuerdo con el artículo 4 del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-PC, y la normatividad vigente. 

Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del Estado de Emergencia prorrogado por el artículo 1 del presente Decreto Supremo, el Comando de Coordinación Operativa Unificada - CCO informará al titular del Ministerio del Interior, sobre los resultado obtenidos durante el Estado de Emergencia y a su culminación; precisando que el informe final es elevado a la Presidencia, al Congreso y al Poder Judicial con las recomendaciones correspondientes. 

La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se financia con el cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas. 

Durante la prórroga del Estado de Emergencia a la que se hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, se mantienen vigentes las demás medidas adoptadas en el Decreto Supremo N° 124-2025-PCM, modificadas mediante Decreto Supremo N° 127-2025-PCM, así como aquellas establecidas en las Disposiciones Complementarias Finales de este último dispositivo normativo antes mencionado.

Es así como el Ejecutivo decidió extender por 30 días el estado de emergencia en Lima y Callao como medida para luchar contra la inseguridad ciudadana.