Política
Tras denuncia al INPE

Pedro Castillo: TC desestima demanda de hábeas corpus sobre condiciones carcelarias del expresidente

El TC declaró improcedente e infundada la demanda presentada por la defensa de Pedro Castillo a favor de mejores condiciones de reclusión.

Pedro Castillo
Pedro Castillo (Andina)

19/12/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 19/12/2025

El Tribunal Constitucional (TC) declaró improcedente e infundada la demanda de hábeas corpus presentada por la defensa legal de Pedro Castillo donde declaraba la vulneración de derechos a la salud bajo las condiciones carcelarias actuales.

Declara improcedente excarcelación por operación

El Pleno del Tribunal Constitucional mediante la sentencia 203/2025 declaró improcedente e infundada la solicitud del exjefe de Estado donde solicitaba salida para una operación al corazón y mejores medidas carcelarias.

En el hábeas corpus presentado, Castillo habría solicitado su excarcelación temporal para someterse a una intervención quirúrgica al corazón. Sin embargo, la reciente resolución precisa que este pedido "debe ser desestimado, no por infundado, (...) sino por improcedente por insuficiencia probatoria".

La defensa del expresidente habría indicado que el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) "se rehusaría" a visibilizar las pruebas médicas para aprobar la intervención. Sin embargo, esta "no cuenta con los elementos necesarios a efectos de la emisión de un pronunciamiento de fondo".

"Declarar improcedente la demanda conforme a lo expuesto en los fundamentos 7-13 supra", indicó.

Castillo Terrones también había solicitado que se disponga una indemnización dineraria en caso de muerte o deterioro de su salud, sin embargo, está también ha sido declarada improcedente debido a que esta no es parte de la competencia del TC.

Como se recuerda, Pedro Castillo se encuentra recluido en el Establecimiento Penitenciario de Barbadillo tras ser sentenciado por conspiración para la rebelión por 11 años y 5 meses

Infundado el pedido de mejores condiciones

Respecto a la solicitud de Castillo para que reciba tratamiento en un nosocomio especializado en su dolencia cardiaca, el Pleno del TC declaró infundado algún tipo de vulneración a su salud.

Según precisó la defensa, el mal que aquejaría al expresidente estaría relacionado con una "angina de pecho inestable que tendría que ser tratada con urgencia" para prevenir un súbito infarto.

Sin embargo, diversos certificados médicos por parte de EsSalud, el Acta de Junta Médica Penitenciaria, entre otros, se concluyó que la "impresión diagnóstica dolor torácico osteomuscular y síndrome de articulación condrocostal " la cual no contaría con un determinado tratamiento cardiaco y que "no ha sido desatendido por los demandados".

"Este Tribunal Constitucional declara que no se ha acreditado la vulneración de los derechos a la salud y a no ser objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad respecto a la forma y las condiciones en las que don José Pedro Castillo Terrones cumple su reclusión bajo mandato judicial y la administración del INPE", indicó.

El TC declaró improcedente e infundado la demanda de hábeas corpus presentado por el expresidente de la República, Pedro Castillo, por no ser "objeto de tratamiento carente de razonabilidad y proporcionalidad" respecto a mejoras en sus condiciones carcelarias.

SIGUIENTE NOTA