Procuradora General del Estado, María Aurora Caruajulca, podría ser vacada por estar sentenciada
Debido a una sentencia por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales, la procuradora general del Estado, María Aurora Caruajulca, podría ser sometida a un mecanismo de vacancia.
Esta sanción se encuentra contemplada en el Decreto Legislativo N.° 1326, norma que reestructura el sistema administrativo de defensa jurídica del Estado y que dio creación a la Procuraduría General del Estado (PGE).
Los antecedentes y el impedimento legal
- La sentencia judicial: El Poder Judicial halló culpable a Caruajulca por un hecho ocurrido cuando se desempeñaba como procuradora del distrito de Comas, imponiéndole reglas de conducta por el periodo de un año.
- La omisión en la declaración: Al momento de ser repuesta judicialmente en su cargo en el año 2024, María Caruajulca omitió declarar ante el Ministerio de Justicia que tenía esta investigación penal formalizada en su contra.
- El marco normativo: Esta situación jurídica le impedía asumir el cargo según el artículo 15, numeral 7 del mencionado Decreto Legislativo N.° 1326. Dicho artículo regula a la PGE y establece claramente que, para integrar el Consejo Directivo, el requisito indispensable es "no tener procesos pendientes con el Estado".
Actualmente, la funcionaria cuestionada ya se encuentra sentenciada en primera instancia, que es causal de vacancia de acuerdo a la norma de la Procuraduría General del Estado en su artículo 17. La misma indica que es causal de vacancia del cargo de miembro del Consejo Directivo de la PGE el impedimento legal sobreviniente a la designación
En la Comisión de Justicia que sesionará mañana se debatirá la aprobación del predictamen que reestructura el Consejo Directivo de la PGE que terminó su tiempo de mandato en el 2025 y pese a ello continúa en el cargo.
La sentencia de María Caruajulca
El Décimo Quinto Juzgado Penal Unipersonal de Lima Norte halló culpable a María Caruajulca, exprocuradora de la Municipalidad de Comas, por el delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.
A Caruajulca se le acusó de haber retardado injustificadamente la entrega de información solicitada por un ciudadano a través de una solicitud de transparencia en septiembre de 2020. Se requería una lista detallada de carpetas fiscales y procesos judiciales generados por la Procuraduría Municipal entre enero de 2019 y septiembre de 2020.
Sin embargo, a pesar de que el Tribunal de Transparencia ordenó la entrega de estos datos en dos oportunidades (octubre y diciembre de 2020), la funcionaria remitió la información recién el 12 de mayo de 2021, casi cinco meses después.