Gobierno otorga bonos de alquiler de S/500 a damnificados por lluvias: ¡33 nuevos apoyos urgentes!
El Estado responde a damnificados con subsidios de alquiler
El Gobierno peruano oficializó la quinta convocatoria del año 2026 para entregar Bonos de Arrendamiento de Viviendas para Emergencias (BAE), un apoyo económico destinado a personas cuyas casas quedaron inhabitables o colapsadas por intensas lluvias que han afectado diversas zonas del país, según la reciente resolución ministerial publicada en el boletín de normas oficiales.
Esta medida contempla 33 bonos de S/500 mensuales cada uno, que podrán recibirse por un periodo máximo de dos años para que las familias damnificadas puedan alquilar un lugar seguro mientras se restablece su situación habitacional.
El subsidio, creado por la Ley N.° 31526, actúa como una ayuda temporal para quienes han perdido su vivienda por causas naturales o generadas por la acción humana en zonas declaradas en Estado de Emergencia. El beneficio se entrega específicamente en el mismo departamento donde ocurrió la declaratoria de emergencia.
Hasta ahora, esta convocatoria incluye de las provincias ubicadas en los departamentos de Áncash, Ayacucho, Huancavelica y Lambayeque, regiones donde se han formalizado decretos supremos de emergencia por eventos climatológicos que han dañado infraestructura y viviendas.
¿Cómo acceder al bono?
Los potenciales beneficiarios podrán consultar si forman parte del padrón desde el día siguiente a la publicación de la resolución ministerial. La lista será difundida en las sedes digitales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y del fondo MIVIVIENDA, además de exhibirse en las municipalidades de los distritos incluidos en la convocatoria.
Las personas que resulten convocadas deberán presentar una serie de documentos dentro de diez días hábiles desde la publicación, entre ellos:
- La solicitud de otorgamiento del bono.
- Una declaración jurada que certifique que no cuentan con otra vivienda distinta a la dañada.
- El contrato de alquiler de la vivienda que arrendarán, debidamente legalizado ante notario.
Una vez presentados estos documentos en las sedes de las municipalidades o en los centros de atención de atención del MVCS de las regiones mencionadas, estos serán remitidos al gobierno central para su evaluación.
Una vez presentados estos documentos en las sedes de las municipalidades o en los centros de atención del MVCS de las regiones mencionadas, estos serán remitidos al gobierno central para su evaluación.
La Dirección General de Programas y Proyectos verificará que las viviendas a arrendar no estén validadas como colapsadas o inhabitable y de cumplir con los requisitos, remitirá la relación final de beneficiarios al Fondo MIVIVIENDA para formalizar la emisión del bono.
Las familias que no presenten su documentación en el plazo establecido perderán el derecho al subsidio, por lo que el cumplimiento de los plazos y requisitos es fundamental para acceder a este apoyo económico.
El bono empezará a contar desde la fecha en que se realice el primer cobro en el Banco de la Nación, institución financiera encargada de entregar este subsidio a nivel nacional.