21/10/2026 / Exitosa Noticias / Judiciales / Actualizado al 21/10/2026
Andrés Hurtado continuará bajo prisión preventiva luego de que el Poder Judicial rechazara el pedido de su defensa para dejar sin efecto la ampliación de la medida. La decisión fue emitida en el proceso por presunto tráfico de influencias y otros delitos contra el Estado.
Juez rechaza pedido de cese de prisión preventiva
El juez Juan Carlos Checkley Soria del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria declaró la solicitud como infundada. La defensa buscaba que se dejara sin efecto la prolongación de la prisión preventiva impuesta al exconductor de televisión.
Según la resolución del PJ, se precisa que 'Chibolín' cumple una medida inicial de 18 meses de prisión preventiva, dictada en octubre del 2024. Más tarde, en marzo de 2026, el juzgado aprobó una ampliación por otros 18 meses, la cual está vigente desde el 19 de marzo del 2026 hasta el 18 de septiembre del próximo año.
La defensa sostuvo que las circunstancias que justificaron la ampliación habían cambiado porque la investigación preparatoria concluyó y la Fiscalía presentó acusación. Asimismo, solicitó que se evaluaran nuevos elementos relacionados con los arraigos domiciliario, familiar y laboral del investigado.
Como alternativa a la prisión preventiva, sus abogados propusieron medidas como el arresto domiciliario, la presentación periódica ante las autoridades y la vigilancia de sus actividades. El objetivo del pedido era que Hurtado afrontara el proceso penal en libertad, sujeto a restricciones judiciales.
Los motivos del PJ para mantener la medida
El magistrado señaló que el Código Procesal Penal contempla el cese de la prisión preventiva, pero no una solicitud específica para cesar únicamente su prolongación. Por ello, consideró que el pedido presentado por la defensa no correspondía a una figura procesal prevista expresamente en la legislación vigente.
La resolución también evaluó los argumentos sobre los arraigos de 'Chibolín'. Respecto al domicilio, el juzgado indicó que el contrato de alquiler y la declaración jurada presentados por la defensa, con más de un año de antigüedad, no acreditaban suficientemente que Hurtado residiera habitualmente en ese inmueble.
El juez consideró que no se había demostrado suficientemente el cumplimiento de las obligaciones hacia su hija menor. A lo laboral, consideró que la promesa de contratación presentada por la defensa no acreditaba un vínculo de trabajo vigente.
El exconductor seguirá bajo prisión preventiva, y la prolongación fue confirmada previamente por la Corte Suprema. El proceso continúa por presuntos delitos de tráfico de influencias y cohecho, mientras la Fiscalía solicita una pena de 30 años de cárcel para 'Chibolín'.

