IDL advierte parcialidad en juicios militares-policiales: "Una cosa es el delito de función y otra el delito común"
La reciente aprobación en el Congreso de la ley que establece que policías y militares sean juzgados exclusivamente en sus propios fueros ha generado un intenso debate jurídico y político.
Desde el Instituto de Defensa Legal (IDL), el abogado Juan José Quispe calificó la norma como inconstitucional y advirtió que abre la puerta a la parcialidad en procesos que deberían ser competencia de la justicia ordinaria.
Críticas desde IDL
Quispe explicó que la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, de la Corte Suprema y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos ya ha establecido una diferencia clara entre el delito de función y el delito común.
Según el abogado, ambos protegen bienes jurídicos distintos y no pueden ser tratados de la misma manera. En sus palabras, lo que se busca con esta norma es trasladar delitos que deberían ser juzgados en el Poder Judicial hacia un fuero militar-policial que carece de las mismas garantías de imparcialidad.
El letrado señaló que la iniciativa impulsada por Fernando Rospigliosi y defendida por Alejandro Muñante no es compatible con la Constitución, y lamentó que sus promotores no reconozcan que están aprobando una norma que contradice estándares nacionales e internacionales.
Riesgo de parcialidad
Para Quispe, el principal problema es que delitos comunes, como lesiones o incluso homicidios cometidos por efectivos en servicio, podrían ser juzgados en tribunales militares-policiales.
Esto, advirtió, genera un riesgo evidente de parcialidad, pues dichos fueros no cuentan con la independencia necesaria para procesar casos que involucran a miembros de las fuerzas del orden.
El abogado recordó que en la práctica internacional se ha cuestionado reiteradamente el uso de fueros militares para juzgar violaciones de derechos humanos, y que la tendencia es que estos casos sean tratados por la justicia ordinaria.
Posibles demandas de inconstitucionalidad
Quispe explicó que una demanda de inconstitucionalidad podría ser presentada por la Defensoría del Pueblo, los Colegios de Abogados, organizaciones de la sociedad civil e incluso por ciudadanos comunes.
Sin embargo, expresó dudas sobre la capacidad del Tribunal Constitucional de revertir la norma, recordando que a inicios de año declaró constitucional la llamada "Ley Soto", que modificó la prescripción de delitos y fue duramente criticada por especialistas.
La aprobación de esta ley coloca al país en un escenario de tensión entre la necesidad de fortalecer la lucha contra el crimen organizado y el riesgo de debilitar las garantías judiciales.
Mientras sus defensores sostienen que se trata de una medida para proteger la labor de policías y militares, voces como la de IDL advierten que la norma abre la puerta a la impunidad y contradice estándares internacionales.