Política
Formulado por Somos Perú

Congreso: Presentan proyecto de ley que otorga un bono mensual a deudos en protestas sociales

El congresista Héctor Valer presentó un proyecto de ley para otorgar una pensión equivalente a dos remuneraciones mínimas vitales a los deudos de las personas fallecidas en protestas sociales desde el 2000.
Proponen bonificación mensual a familiares de fallecidos en protestas sociales. Ojo Público
21-10-2025

El congresista Héctor Valer Pinto (Somos Perú) presentó un proyecto de ley con el objetivo de otorgar una bonificación mensual y beneficios educativos a los deudos de víctimas fallecidas en protestas sociales

En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 12901/2025-CR, presentado el lunes 20 de octubre, a través de la plataforma institucional del Congreso, propone establecer "medidas de reparación económica y educativa, de carácter permanente", trámite que deberá ser debidamente acreditada por el Estado

Proyecto de ley.

Detalles:

De acuerdo con el texto formulado por el legislador del partido de gobierno, son beneficiarios, los deudos de las víctimas fallecidas a partir del año 2000 en adelante. Asimismo, el proyecto de ley considera deudos bajo las siguientes consideraciones:

  • El cónyuge o conviviente supérstite e hijos menores de edad o mayores con incapacidad permanente para el trabajo.
  • Los hijos mayores de 18 años hasta los 28 años, siempre que sigan de forma ininterrumpida estudios de nivel básico o superior.
  • Los padres de la víctima.
  • Los hermanos menores de 18 años que dependían económicamente de la víctima.

Es importante mencionar que, la condición de víctima se acredita mediante resolución emitida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, previo informe fundamentado por la Defensoría del Pueblo y el Ministerio Público, el cual acreditará que el fallecimiento ocurrió en el contexto directo de una protesta social.  

Pensión por duelo y becas de estudio

La propuesta firmada por la Bancada de Somos Perú plantea otorgar a los beneficiarios una pensión mensual vitalicia equivalente a dos remuneraciones mínimas vitales (RMV), la cual es distribuida en partes iguales entre "el cónyuge o conviviente supérstite e hijos menores de edad o mayores con incapacidad permanente para el trabajo".

No obstante, de no hallarse beneficiarios sobre las últimas figuras mencionadas, "la pensión será otorgada a los hijos mayores de 18 años hasta los 28 años, siempre que sigan de forma ininterrumpida estudios de nivel básico o superior, los padres de la víctima y hermanos menores de 18 años que dependían económicamente de la víctima", sucesivamente, en orden de prelación.

Del mismo modo, propone crear el Programa de Becas de Estudio "Reparación y Futuro", a cargo del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo (PRONABEC), destinada a los hijos mayores de 18 años hasta los 28 años, siempre que sigan de forma ininterrumpida estudios de nivel básico o superior. 

"La beca es integral y cubre los costos de matrícula, pensión de estudios, materiales, manutención y titulación en instituciones de educación superior, técnica o universitaria, públicas o privadas, licenciadas en el territorio nacional", señala el texto.

Proyecto de ley.

Finalmente, el financiamiento de todo lo dispuesto en el proyecto de ley estaría a cargo de los ministerio de Justicia y Educación. Sobre su reglamentación, el Ejecutivo lo haría efectivo en un plazo no mayor de 90 días calendario, contados a partir de su entrada en vigor.