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Explica medida

Suspensión perfecta por El Niño: Juan Sheput aclara que medida será excepcional y fiscalizada por el MTPE

El titular del sector laboral aclaró que las empresas deberán agotar alternativas previas como el teletrabajo o las vacaciones obligatorias antes de recurrir a la medida.
El titular del sector aclaró la medida. (Composición: Exitosa)
23-10-2026

El ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, Juan Sheput, sostuvo que la suspensión perfecta de labores constituye un mecanismo de carácter estrictamente excepcional que podría aplicarse ante los eventuales impactos del fenómeno El Niño. El funcionario remarcó que esta medida solo procederá cuando las empresas se vean imposibilitadas de operar y acrediten de manera rigurosa el cumplimiento de los requisitos legales exigidos. 

Procedimiento legal y fiscalización de la medida laboral

La aplicación de esta figura legal cuenta con un marco normativo preestablecido que exige a los empleadores agotar todas las alternativas posibles antes de suspender los vínculos laborales. El titular de la cartera de Trabajo explicó las fases de evaluación y las opciones previas que deben implementarse en los centros de labores golpeados por el evento climático.

"Es un dispositivo que tiene como 30 años, las empresas primero tienen que aplicar algunas medidas previas como las vacaciones forzadas por llamarla así o el teletrabajo", detalló.

En aquellos casos donde la infraestructura o la logística queden completamente inoperativas por los embates del clima, se procederá a la solicitud formal mediante mecanismos de declaración jurada. El ministro Sheput detalló las condiciones extraordinarias bajo las cuales se autorizaría la suspensión temporal de los puestos de trabajo.

"Cuando se llega a una situación en la cual no se puede operar y los trabajadores tampoco tienen donde acudir a trabajar para evitar la quiebra se hace la Suspensión Perfecta que ha tenido dispositivos adicionales durante la pandemia que significa que tienen que pedir a través de una declaración jurada el permiso a la autoridad de trabajo", indicó.

El representante del Gabinete precisó que esta suspensión se puede conceder por un plazo máximo de 90 días calendario. Durante ese periodo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) realizará las inspecciones correspondientes para verificar si realmente existe una causa objetiva e insuperable que impida la continuidad de las operaciones en las empresas afectadas.

Bonos de mitigación y evaluación de fondos previsionales

Para contrarrestar la pérdida temporal de ingresos de las familias perjudicadas por las lluvias e inundaciones, el Gobierno evalúa la entrega de subvenciones económicas directas. El ministro señaló que la articulación con el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) será clave para definir el alcance de los subsidios destinados a la clase trabajadora.

"Cuando se llega a una situación en la cual no se puede operar y los trabajadores tampoco tiene dónde acudir a trabajar para evitar la quiebra, se hace la suspensión perfecta. Para compensar va a haber bonos. El bono es al trabajador y por otro lado se está pensando en las empresas", manifestó.

En ese sentido, Juan Sheput reafirmó el compromiso del sector laboral para velar por el cumplimiento estricto de las normas y asegurar que los mecanismos excepcionales no desprotejan a los trabajadores peruanos.