Congreso: Proponen penalizar hasta con 10 años de cárcel a quienes total o parcialmente el rostro durante protestas
La congresista Elizabeth Medina Hermosillo (Somos Perú) presentó un proyecto de ley con el objetivo de modificar el Código Penal, a fin de sancionar el ocultamiento de rostro y la manipulación de menores de edad y personas con discapacidad durante un contexto de protestas sociales.
En ese sentido, el Proyecto de Ley N.º 13104/2025-CR, presentado el jueves 6 de noviembre, a través de la plataforma institucional del Congreso, propone evitar la impunidad de quienes usen objetos o prendas que cubran el rostro para delinquir en manifestaciones. Asimismo, tiene por finalidad resguardar la integridad física y psicológica de los menores de edad y personas con discapacidad.
¿A cuánto ascenderían las penas?
De acuerdo con el texto formulado por el 'partido del corazón', plantea la modificatoria de los artículos 315° y 452° del Código Penal. En el caso del primero, detalla como agravante que si el agente utiliza objetos y/o prendas para cubrir su rostro o parte del rostro, la pena privativa de la libertad será no menor de ocho ni mayor de diez años y con 365 a 500 de multa.
Para el artículo 452°, la fórmula plantea dos sanciones: la prestación de servicio comunitario de 20 a 40 jornadas o con 60 a 90 días-multa, en los siguientes casos:
- El que oculta su rostro en protestas sociales, marchas y/o reunión tumultuaria donde se cometan disturbios.
- El que autorice y/o lleve a menores de edad o personas con discapacidad a protestas sociales, marchas y/o reunión tumultuaria donde se cometan disturbios.
Fundamentos del proyecto de ley
El documento hace referencia a que en países como Chile, Estados Unidos, Canadá, Alemania, Austria, Dinamarca, España, Francia, Reino Unido, Suecia, Suiza y Ucrania, existen "leyes anti máscara" reguladas como prohibiciones o tipos penales, con el fin evitar el ocultamiento de rostros y lograr la identificación de quienes ocasionen daños a la propiedad pública o privada o lesionen la integridad de las personas en protestas sociales.
Del mismo modo, aclara que, si bien es cierto que el derecho a la protesta está reconocido en la Constitución Política del Perú, este no es ilimitado, puesto que, sanciona cuando se realizan actos de violencia contra la autoridad.
Asimismo, puntualiza que actualmente no se contempla en el Código Penal cuando se usan prendas u objetos para ocultar el rostro durante una movilización, por lo que, considera que debería agregarse esos agravantes a fin de que puedan ser sancionados, previa identificación y que los delitos cometidos no queden impunes.
La congresista plantea entonces sancionar a quienes oculten sus rostros en protestas, haciendo hincapié en las manifestaciones registradas desde finales del 2022 hasta octubre último.