Congreso unicameral sesionó por última vez: Delegan facultades legislativas a la Comisión Permanente hasta el 15 de julio
En su última sesión correspondiente a la Segunda Legislatura del Período Anual de Sesiones 2025-2026, el Pleno del Congreso aprobó otorgar facultades legislativas a la Comisión Permanente hasta el próximo 15 de julio.
En ese sentido, con 74 votos a favor, 16 en contra y dos abstenciones, la representación nacional dio el visto bueno al Proyecto de Resolución Legislativa N.º 14769, el cual autoriza a la comisión ejercer funciones a partir del martes 16 de junio.
Congreso unicameral llegó a su fin
Como se recuerda, el 5 de marzo último, el presidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi Capurro (Fuerza Popular), instaló la Segunda Legislatura Ordinaria, con fecha programada de culminación para este lunes 15 de junio, en concordancia con el artículo 49 del Reglamento de este poder del Estado.
Tal como fuera aprobado por los actuales congresistas en marzo del 2024, la bicameralidad fue restituida desde julio de 2026. Es decir, la última sesión del Congreso unicameral se realizó este jueves 11 de junio, a más de 30 años desde su instalación.
Tras llevarse a cabo las elecciones generales en abril último, el Parlamento bicameral estará conformado por 130 diputados y 60 senadores. Según su Reglamento aprobado en noviembre de 2025, la Cámara de Senadores, conforme al artículo 134 de la Constitución Política del Perú, no puede ser disuelta.
Vale mencionar que, entre el 26 y el 27 de julio se instalarán las cámaras para que elijan a sus respectivas mesas directivas, para asumir funciones el 28 del mismo mes.
Funciones de la Comisión Permanente
De acuerdo con el artículo 101 de la Constitución Política del Perú, la Comisión Permanente está presidida por el presidente del Congreso y está conformada por no menos de 20 congresistas elegidos por el Pleno, guardando la proporcionalidad de los representantes de cada grupo parlamentario.
De esta manera, la Comisión Permanente legislará sobre los siguientes asuntos:
- Los dictámenes y proyectos de ley o de resolución legislativa que se encuentren en el Orden del Día y en la agenda del Pleno del Congreso, así como los que se incluyan por acuerdo de la Junta de Portavoces, según sus atribuciones.
- Las proposiciones del Poder Ejecutivo enviadas con carácter de urgencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 105 de la Constitución Política del Perú.
Cabe precisar que, la Comisión no puede legislar en materia de reformas constitucionales, ni en la aprobación de tratados internacionales, leyes orgánicas, y la Ley de Prepuesto.
Desde 1993, el Congreso unicameral llegó a su fin, dejando sus funciones a la Comisión Permanente del 16 de junio al 15 de julio, donde el 28 del mismo mes entrará en funciones el Parlamento Bicameral.