
22/07/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 22/07/2025
El actual presidente de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), Gino Ríos Patio, fue interrogado en 2024 sobre denuncias relacionadas con su exesposa durante su entrevista ante la Comisión Especial. Sin embargo, evitó mencionar que en 2011 fue sentenciado por violencia psicológica en un fallo firme emitido por el Primer Juzgado Transitorio de Familia de La Molina y Cieneguilla.
¿Qué omitió Gino Ríos durante su entrevista de selección?
Durante la sesión del 17 de octubre de 2024, Javier Arévalo, entonces presidente del Poder Judicial, le consultó sobre dos procesos en su historial. Ríos respondió que se trataba de casos iniciados por él mismo, uno de divorcio y otro de nulidad por fraude procesal.
Agregó una reflexión general sobre los conflictos conyugales, sin detallar que la sentencia en su contra estaba vigente y era de carácter consentido. A pesar de esta omisión, la Comisión Especial no repreguntó sobre el antecedente y continuó con la evaluación.
¿Qué implicancias tiene la sentencia de 2011 y qué dice la ley?
La sentencia por violencia psicológica fue emitida en octubre de 2011 e incluyó peritajes psiquiátricos, testimonios y cartas notariales con contenido amenazante. El fallo no fue apelado y permanece vigente.
Según el artículo 11, inciso e), de la Ley Orgánica de la JNJ, tener una sentencia firme por violencia contra mujeres, niños o adolescentes impide asumir funciones en el órgano. Esta norma también establece, en su artículo 13, que quien incurra en esa causal debe ser removido por vacancia.
Actualmente, existen dos solicitudes formales de vacancia presentadas por los congresistas Ruth Luque y Héctor Acuña. Ambas invocan el incumplimiento legal y exigen la suspensión inmediata de Ríos mientras se tramita el procedimiento. La vicepresidenta de la JNJ, María Teresa Cabrera, debe convocar al pleno y liderar el análisis del caso.
Gino Ríos Patio enfrenta una situación legal compleja que podría concluir en su vacancia. La sentencia de 2011 por violencia psicológica, no considerada en su proceso de selección, constituye un impedimento expreso según la Ley Orgánica de la JNJ. La institución aún no ha emitido un pronunciamiento oficial, mientras aumenta la presión pública y parlamentaria por resolver el caso con base en la normativa vigente.