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Por 60 días

Gobierno prorroga estado de emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa

El Poder Ejecutivo amplió por 60 días calendario el estado de emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía, según lo publicado en el Decreto Supremo N.° 095-2025-PCM.

Prorrogan estado de emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa.
Prorrogan estado de emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac Cusco Arequipa. Difusión

25/07/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 25/07/2025

El Poder Ejecutivo amplió por 60 días calendario el estado de emergencia declarado en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, incluyendo los 500 metros adyacentes a cada lado de la vía, a partir del 29 de julio del presente. 

En ese sentido, la Policía Nacional del Perú (PNP) continuará manteniendo el control del orden interno, con acciones de apoyo de las Fuerzas Armadas, según lo establecido en el Decreto Supremo N.° 095-2025-PCM. 

Restricciones constitucionales e intervenciones de las fuerzas del orden

De acuerdo con el texto publicado en el diario oficial, durante la prórroga del estado de emergencia se restringen o suspenden los derechos constitucionales relativos a la libertad de tránsito por el territorio nacional, libertad de reunión y libertad y seguridad personales, comprendidos en los numerales 11), 12) y 24) literal f) del artículo 2 de la Constitución Política del Perú.

Del  mismo modo, la intervención de la Policía Nacional del Perú y las Fuerzas Armadas se efectúa conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1186, Decreto Legislativo que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú, y en el Título II del Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el territorio nacional.

Así como, en el "Protocolo de actuación conjunta del Estado para la articulación de servicios en contextos de detención, retención e intervención policial a mujeres y personas en condición de vulnerabilidad", aprobado por Decreto Supremo N° 002-2023-MIMP.

Otras consideraciones

Dentro de los cinco días hábiles posteriores al término del estado de emergencia, la Policía Nacional del Perú, a través del Ministerio del Interior, deberá presentar un informe detallado sobre las acciones realizadas durante la prórroga del régimen de excepción y los resultados obtenidos.

La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo son financiadas con cargo al presupuesto institucional asignado a los pliegos involucrados, y a las asignaciones de recursos adicionales autorizadas por el Ministerio de Economía y Finanzas.

El presente decreto supremo es refrendado por la presidente Dina Boluarte, el primer ministro, Eduardo Arana; así como del ministro de Defensa, Walter Astudillo; el ministro del Interior, Carlos Malaver; el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Juan Alcántara.

De esta manera, el Gobierno dispone ampliar el estado de emergencia en el Corredor Vial Sur Apurímac-Cusco-Arequipa, la cual estará bajo el control del orden interno de la PNP, con el apoyo de las Fuerzas Armadas. 

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