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“Castración química: ¿remedio o placebo?”, por Carlos Jaico

Los alarmantes casos de abuso sexual a menores han vuelto a poner en debate la llamada castración química para agresores sexuales

21/04/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Los alarmantes casos de abuso sexual a menores han vuelto a poner en debate la llamada castración química para agresores sexuales. Su implementación ya ha visto el día en Estados Unidos de Norteamérica, Alemania, Dinamarca, Bélgica, Suecia, Canadá, Noruega y Polonia. Sin embargo, la solución no sería tal debido a su falsa denominación, acuñada por imperativos políticos.

En efecto, según la literatura psiquiátrica no se trata de una castración estricto sensu y no elimina las pulsiones sexuales. Esto debido a que el origen de los casos de agresión sexual se sitúa con mayor frecuencia en la estructura fuertemente perturbada de la personalidad del agresor, y no tanto en la exteriorización de sus impulsos sexuales. De allí que el efecto de la ingesta de medicamentos no sea el esperado, porque reduce los niveles de testosterona del agresor sin producir un cambio fundamental en su conducta.

Cierto, el tratamiento con fármacos inhibidores solo tiene éxito en 70 a 80% de los casos, y sus efectos se pueden eliminar, total o parcialmente, con el consumo de alcohol, drogas, altas dosis de testosterona o simplemente si se detiene el tratamiento. De donde, su prescripción generalizada en todos los casos de agresión sexual no excluye el riesgo de reincidencia que es lo que se busca.

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De llegar a implementarse, esta medida dría aplicarse a agresores para los cuales se evalúe una libertad provisional o condicional. Esta medida deberá estar sometida a un seguimiento médico-psiquiátrico ordenado por un juez y previo consentimiento del agresor. Esta última condición es indispensable debido a que la deontología médica impide que se obligue a un paciente a seguir este tipo de tratamientos y, desde el punto de vista legal, su aplicación obligatoria sería contraria a la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Otro elemento a considerar es su alto costo, el cual debería ser asumido por el agresor. Asimismo, se deben implementar otras medidas como la psicoterapia, el control periódico de los valores hormonales y, sobre todo, conocer los efectos del tratamiento en el agresor.

Porque la castración química no elimina el riesgo de reincidencia, sería importante poner en marcha el fichero judicial de agresores sexuales, con información a las comisarías de distrito de su domicilio, para alertar a las familias sobre su presencia en la zona. Si bien es cierto que se invade la esfera personal del agresor, este interés privado se diluye frente al interés general de proteger a nuestras niñas y niños de las manos de estos depredadores.

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