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Ley obliga al pago de facturas para las mypes en treinta días

Promulgan norma para ayudar a emprendedores a capitalizarse de forma más rápida. Antes el trámite podía durar 90 días.

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28/11/2021 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Si usted es un emprendedor y padecía el suplicio de cobrar sus facturas después de 90 días, ahora por ley, las empresas que le solicitan sus productos o servicios podrán realizar el desembolso a 30 días, caso contrario incurrirá en mora.

Así lo establece la ley n.º31362, que tiene por objetivo regular el desembolso oportuno de facturas comerciales o recibos por honorarios girados a las micro y pequeñas empresas (mypes) del sector privado y público.

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El Congreso de la República promulgó esta ley de pago y facturas mype, y que se gestó luego de las constantes reclamos de los emprendedores que debían esperar 90 días para el desembolso de facturas comerciales o recibos por honorarios girados a las micro y pequeñas empresas. Esta norma permitirá a las mypes capitalizarse más rápidamente.

El Dato: Si no se saldara la cuenta dentro del plazo señalado, el acreedor incurrirá en mora. Cabe anotar que la tasa de interés moratoria será calculada de acuerdo con los criterios establecidos por el BCR.

Tal como refiere la norma publicada en el diario El Peruano, en el momento que se aprueba la conformidad de lo entregado y el proveedor emite la factura o recibo por honorarios, la empresa pública o privada que adquiera el bien tiene ocho días para otorgar la conformidad del acuerdo por escrito mediante cargo correspondiente.

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El plazo para la cancelación de la factura o recibo por honorario será de 30 días calendario contados a partir de la fecha de emisión. En caso se haya acordado pagar en cuotas, se debe tener en consideración que la primera debe pagarse en los 30 días posteriores.

Quedan pendientes las normas reglamentarias y complementarias para la aplicación de la misma tendrán un plazo de 90 días.