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¡Atención! Este viernes 30 de diciembre será día no laborable para el sector público

Las horas dejadas de laborar durante el 30 de diciembre serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca la entidad pública.

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27/12/2022 / Exitosa Noticias / Noticias / Actualizado al 11/01/2023

Este viernes 30 de diciembre será día no laborable para los trabajadores del sector público, que sumando a las fiestas de Año Nuevo, permitirá un fin de semana largo, para incentivar a los ciudadanos a salir de la capital y reactivar la economía del país.

El Decreto Supremo 033-2022-PCM, publicado en el Diario Oficial El Peruano, señala que las horas dejadas de laborar durante el 30 de diciembre serán compensadas en los 10 días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca la entidad pública, en función a sus propias necesidades.

La norma señala también que, los titulares de las entidades del sector público adoptarán las medidas necesarias para garantizar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante el día no laborable.

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Mientras que, en el caso de los centros de trabajado del sector privado podrán acogerse a este día no laborable, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, decidirá el empleador.

Las entidades y empresas privadas que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos del día no laborable, así como los trabajadores que continuarán laborando.

Cabe recordar que, feriados son definidos por ley, mientras que los días no laborables son decretados por el Gobierno. Los feriados son descansos remunerados que no se compensan. En tanto, si no se trabaja en día no laborable se debe compensar luego esas horas.

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