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OPINIÓN | Antero Flores-Aráoz: Necesidad pública e interés nacional

No te pierdas la columna de Antero Flores-Aráoz.

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04/09/2022 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

En diversas oportunidades nos hemos referido a la inconveniente práctica parlamentaria en el sentido que, a iniciativa de algunos congresistas, se declare por ley, de necesidad pública e interés nacional, la creación de circunscripciones territoriales, entre ellas provincias y distritos.

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No se crean las circunscripciones en cuestión, pues la iniciativa de su fundación compete al Ejecutivo, pero se da una norma declarativa que quizás genera simpatías en las localidades que se quiere elevar de categoría, pero nada más.

Lo mismo viene sucediendo desde hace mucho tiempo con obras públicas, como por ejemplo carreteras; centros educativos, asistenciales y recreativos; hospitales, puertos, aeropuertos y cuanto la imaginación permite. Pero, la declaración de necesidad pública e interés nacional, ¿obliga a las entidades del Estado a realizar o ejecutar la obra? La respuesta monda y lironda es no.

La respuesta negativa se debe a varias razones, la primera porque la ley es un mandato o una orden dispuesta desde el Estado, acordada en el Parlamento, promulgada por el Poder Ejecutivo o por el propio Parlamento por insistencia ante la observación presidencial, y publicada en el diario oficial. En el caso de las leyes que declaran necesidad pública e interés nacional, no ordenan absolutamente nada, son solo declaraciones.

Las obras que se deben ejecutar son las que están previstas en el Presupuesto General de la República, que, si bien aprueba el Congreso, es por iniciativa del Poder Ejecutivo, y las leyes declarativas a que nos referimos son a iniciativa parlamentaria. Además, los parlamentarios no gozan de iniciativa de gasto.

Estimamos que las iniciativas legislativas presentadas en el Congreso para que determinadas obras no presupuestadas, sean declaradas de necesidad pública e interés nacional, son para generar corriente de opinión en el sentido que ellas son necesarias.

Muchas veces se originan por pedidos de gobernadores regionales y alcaldes, para ver si con ello se presiona para que las obras se incorporen al Presupuesto General de la República. También se da el caso que, cuando es un clamor de determinadas localidades, los congresistas que lo escuchan se ganen alguito ante las poblaciones que representan, ello con vista a próximas elecciones, sea para su reelección de ser el caso, o para que su agrupación política suba algunos escalones en la consideración pública.

Lo cierto es que sonará todo muy lindo, pero no servirá necesariamente para ejecutar la obra, pero sí para activar la maquinaria del Estado con la presentación del proyecto legislativo, su trámite ante el Congreso, el, estudio por las comisiones parlamentarias dictaminadoras, la evaluación en los ministerios, gobiernos regionales, municipalidades y diversos otros organismos públicos y privados a los que el Congreso pida opinión.

Horas y horas, días y días, semanas tras semanas, perdiéndose tiempo por puro gusto, pues, insistimos, las normas declarativas no ordenan absolutamente nada y desvirtúan los alcances de la ley.

Muchos congresistas saben de lo infructuosa que es la pésima costumbre a la que nos referimos, pero insisten en dicha práctica. Ojalá los electores se den cuenta.

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