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OPINIÓN | Gabriel Bustamante: "Consumidores: Temas pendientes a abril 2021"

"¿No debería hacer la SBSyAFP docencia popular y facilitar a deudores financieros todas las facilidades para acogerse a esta reprogramación?".

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Bustamante temas abril

04/04/2021 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

1) La hipocresía de las AFP.- “Ley que faculta a los Afiliados al Sistema Privado de Pensiones el retiro de sus fondos”. Texto sustitutorio (de 9 Proyectos de Ley) que permite retirar de manera facultativa hasta 4 UIT (S/17,600.00) del total de los fondos acumulados en la CIC - Cuenta Individual de Capitalización, a fin de aliviar la economía familiar afectada por la pandemia de la COVID-19. Asimismo, para afiliados mayores de 40 años que no registren aportes los últimos 5 años se autoriza el retiro del 100%.

El 30 de marzo se aprobó con 75 votos a favor, 12 en contra y 14 abstenciones; sin embargo, al cierre de esta columna el Poder Ejecutivo no acusaba recibo de la autógrafa correspondiente. Recordemos que anteriormente afiliados pudieron retirar con base a 2 Decretos de Urgencia (034 y 038) y 2 leyes (31017 y 31068) por lo que es muy difícil que aquellos la observen. Como era de esperarse las AFP, entre lágrimas, demandaban “...dejarán en la pobreza a 2 millones de afiliados”. La hipocresía al más alto nivel.

2) FONAVI, la firma presidencial o la insistencia.- El 19.03.21 el Congreso de la República presentó al Poder Ejecutivo la autógrafa de “Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la COVID-19”. El señor presidente de la República tiene plazo hasta el martes 13 de abril para promulgarla, observarla o hacer mutis; de todos modos, al amparo del artículo 108 de la Constitución, de recibir la observación o el silencio palaciego, el Congreso de la República la debe aprobar por insistencia.

3) LA USURA BANCARIA con sus días contados.- La Ley 31143 Ley que protege de la usura a los consumidores de los servicios financieros fue promulgada el 18.03.21 No lo hizo el Poder Ejecutivo sino el Poder Legislativo por insistencia a la norma que aprobó el Plenario el pasado 30 de diciembre del 2020. Aún el Banco Central de Reserva no establece las tasas máximas y mínimas argumentando trámites burocráticos como solicitar a los bancos las tasas que están manejando. No nos hagan cholitos señorones, el portal de la SBSyAFP tiene debidamente actualizada esta información.

Por último, la Ley 31050 de reprogramación y congelamiento de deudas, ha sido extendida hasta el 31 de agosto.

¿No debería hacer la SBSyAFP docencia popular y facilitar a deudores financieros todas las facilidades para acogerse a esta reprogramación?

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