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Gratificación por Navidad será con sueldo íntegro más 9% adicional

Plazos. La CCL recuerda las reglas básicas a tener en cuenta en el sector privado para este beneficio. Se debe pagar antes del 15 de diciembre.

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29/11/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Las reglas ba?sicas que deben tener en cuenta los empleadores y trabajadores del re?gimen laboral privado en relacio?n al pago de las gratificaciones por Navidad, recordo? la Ca?mara de Comercio de Lima (CCL), que alerto? que las empresas deben abonarlo antes del 15 de diciembre.

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“Conforme a la Ley de Gratificaciones N°27735, el trabajador de la actividad privada debera? percibir en diciembre de 2022 un sueldo i?ntegro por concepto de gratificaciones, siempre que haya laborado el semestre completo de julio a diciembre del 2022”, refiere su nota de prensa.

Adema?s, sobre dicha gratificacio?n, recuerda que se debe percibir una bonificacio?n extraordinaria del 9%. “Estos dos conceptos deben de figurar en la planilla electro?nica del mes de diciembre”, informo? el gerente del Centro Legal de la CCL, A?lvaro Ga?lvez.

Para el caso de trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la CCL refiere que la bonificacio?n extraordinaria es 6.75% del monto de la gratificacio?n. Para el pago de la gratificacio?n se tomara? en cuenta la remuneracio?n que haya tenido el trabajador al 30 de noviembre de 2022.

En caso se registre un aumento de sueldo desde el 1 de diciembre de 2022, no se considerara? para el pago de la pro?xima gratificacio?n de diciembre. En caso que los trabajadores hayan laborado algunos meses y no el semestre completo (julio- diciembre), la gratificacio?n sera? equivalente a un sexto del sueldo por cada mes laborado. No se requiere que el trabajador haya laborado la jornada mi?nima de cuatro horas diarias.

El dato

Los trabajadores de las pequen?as empresas, contratados despue?s que la empresa se inscribio? en el Registro de Micro y Pequen?a Empresa (Remype), percibira?n medio sueldo de gratificacio?n.

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