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Política
Fiscalía presentará demanda de inconstitucionalidad

Gobierno de Boluarte promulga ley que modifica extinción de dominio pese a rechazo de instituciones

A través del diario oficial, se publicó Ley N.º 32326, la cual modifica la aplicación de ley de extinción de dominio, generando así un perjuicio en las acciones del Ministerio Público.

Promulgan modificatoria a la ley de extinción de dominio.
Promulgan modificatoria a la ley de extinción de dominio. Difusión

09/05/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/05/2025

El Gobierno promulgó la iniciativa que modifica la ley de extinción de dominio, pese a los cuestionamientos recibidos por el Ministerio de Justicia y la Fiscalía sobre lo beneficiosa que puede ser esta nueva ley para las personas sentenciadas

Como se recuerda, el pasado 10 de abril, el Pleno del Congreso aprobó - en segunda votación - el dictamen que "perfecciona" el proceso de extinción de dominio, modificando así el Decreto Legislativo 1373.

¿Qué dice la ley promulgada?

A través del diario El Peruano, se publicó Ley N.º 32326, la cual narra, tiene como objeto: "regular el proceso de extinción de dominio que procede contra los bienes que constituya objeto, instrumento, efectos o ganancias que tienen relación o que se derivan de las siguientes actividades ilícitas penales: contra la administración pública, contra el medioambiente, tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, lavado de activos, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal, estafa, delitos informáticos contra el patrimonio y otras con capacidad de generar dinero, bienes, efectos o ganancias de origen ilícito o actividades vinculadas a la criminalidad organizada". 

No obstante, señala ciertas excepciones, como, por ejemplo, para los casos de una sentencia firme y consentida o de un laudo, si están referidas a las siguientes actividades ilícitas penales: tráfico ilícito de drogas, terrorismo, secuestro, extorsión, trata de personas, contrabando, defraudación aduanera, defraudación tributaria, minería ilegal, estafa y delitos informáticos contra el patrimonio. "En estos casos, el trámite del proceso judicial o arbitral no es oponible y el juez rechaza de plano cualquier pedido destinado a la suspensión del proceso. La resolución que resuelve es inimpugnable", puntualiza el texto.

Asimismo, la acción de extinción de dominio prescribe en cinco años contados a partir de que la sentencia ha quedado firme y consentida o de la emisión del laudo, figura criticada por el Ministerio Público por la sobrecarga existente en los procesos judiciales

Alerta del Ministerio Público

En conversación con Exitosa, el fiscal adjunto supremo titular Mirko Cano, precisó que una de las principales herramientas cuando investigan casos como lavado de activos, entre otros, es cortar el flujo de dinero de las bandas para debilitarlas y así aligerar el proceso. Sin embargo, tras lo aprobado por el Congreso, los investigados podrán recuperar las propiedades y bienes que ya han sido incautadas por la Fiscalía.

"Yo, como fiscal, estoy indignado porque nos están quitando una herramienta efectiva de la lucha contra la criminalidad organizada. Nosotros, atacamos los bolsillos de estas organizaciones criminales y esta ley, como ha sido aprobada, permite que organizaciones y personas investigadas por corrupción, recuperen sus dineros", inició.

En ese contexto, señaló que el Ministerio Público recurrirá al Tribunal Constitucional, a fin de presentar una demanda de inconstitucionalidad, al considerarla "ilegal" y "negativa" para las funciones que desarrolla su institución. 

"Yo considero que es una norma inconstitucional y eso tiene un procedimiento, mientras tanto se benefician las organizaciones criminales porque promulgada la ley, tenemos que cumplirla y eso significa entregar los bienes ilícitos, archivar los cosas, hasta esperar una sentencia condenatoria. No vamos a poder hacer absolutamente nada", finalizó.

Tanto el Ejecutivo como el Legislativo hicieron caso omiso a las recomendaciones de los órganos de justicia por la cuestionada ley. 

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