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Gobierno oficializó hoy el fin del estado de emergencia por la covid-19

Decisión se debe a evolución de la pandemia, avance de la vacunación, y disminución de contagiados, internados y fallecidos por el virus.

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27/10/2022 / Exitosa Noticias / Portada / Actualizado al 09/01/2023

El Gobierno oficializó este jueves, a través del Decreto Supremo N° 130-2022-PCM, el fin del Estado de Emergencia nacional decretado en marzo de 2020 por la pandemia de la covid-19.

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La norma, publicada en el boletín de Normales Legales del diario oficial El Peruano, señala que la derogación del Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, que establecía el Estado de Emergencia Nacional, se debe a la evolución de la pandemia, el avance del proceso de vacunación y la disminución de positividad, pacientes internados en las unidades de cuidados intensivos y fallecimientos por el mal.

"Deróguese el Decreto Supremo N° 016-2022-PCM, Decreto Supremo que declara Estado de Emergencia Nacional por las circunstancias que afectan la vida y salud de las personas como consecuencia de la COVID-19 y establece nuevas medidas para el restablecimiento de la convivencia social; así como, los Decretos Supremos N° 030-2022-PCM, N° 041-2022-PCM, N° 058-2022-PCM, N° 063-2022-PCM, N° 069-2022-PCM, N° 076-2022-PCM, N° 092-2022-PCM, N° 108-2022-PCM y N° 118-2022-PCM los cuales disponen sus prórrogas y modificaciones", se lee en el artículo 1 del dispositivo legal.

Asimismo, el presente decreto indica mediante una disposición complementaria final que el Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, dentro del ámbito de sus competencias y en permanente articulación, "promueven" el uso facultativo de mascarillas, la vacunación contra la covid-19 y otras medidas de promoción y vigilancia de prácticas saludables y actividades, "en relación a la emergencia sanitaria; para lo cual el Ministerio de Salud, mediante Resolución Ministerial dicta las disposiciones que resulten necesarias".

Restricciones derogadas

“Es obligatorio el uso de una mascarilla KN95 o, en su defecto, una mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla comunitaria (tela) en establecimientos de salud, vehículos del servicio de transporte terrestre de personas y espacios cerrados sin ventilación”.

“Los peruanos y extranjeros residentes de 12 años a más, cuyo destino final sea el territorio nacional en calidad de pasajeros e independientemente del país de procedencia, deben acreditar haberse aplicado las tres (3) dosis de vacunación”.

“La verificación de la vacunación contra el COVID-19 a través del carné físico o virtual conjuntamente con algún documento oficial de identidad”.

“Es opcional el uso de mascarillas en espacios abiertos y espacios cerrados ventilados”.

“Es obligatorio el uso de mascarillas para personas con síntomas respiratorios, tanto en espacios abiertos y cerrados”.

“En las instituciones educativas el uso de mascarilla es opcional para los estudiantes y docentes, debiendo garantizarse la ventilación adecuada, conforme a la normativa vigente”.

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