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Aprueban reglamento que regula el pago de facturas a mypes en 1 mes

FACTORING. Esperado dispositivo les dará a estas unidades productivas, la oportuna provisión de liquidez. Incluso consideran interés moratorio si no se cumplen plazos.

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13/06/2022 / Exitosa Noticias / Edic. impresa / Actualizado al 09/01/2023

Después de varios meses de incertidumbre que se dio la ley, recién ayer el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) aprobó el reglamento de la Ley 31362, Ley de pago de facturas a las micro y pequeñas empresas (mypes) a 30 días, para la oportuna provisión de liquidez a estas unidades productivas.

Mediante decreto supremo (DS) 120-2022 del MEF, se establece que el proveedor de bienes o servicios bajo el ámbito de aplicación de la Ley 31362 no debe tener ventas anuales que superen las 1,700 unidades impositivas tributarias (UIT).

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Se fija que el adquirente del bien o usuario del servicio paga al proveedor el monto total de la factura o recibo por honorarios emitido por una mype, en un plazo máximo de 30 días calendarios, contados a partir de la fecha de la emisión de la factura o recibo por honorarios.

Se determina que la mype simultáneamente con la emisión de la factura o recibo por honorarios cumple con entregar al adquirente del bien o usuario del servicio declaración jurada del impuesto a la renta (IR) correspondiente al ejercicio fiscal, y número de cuenta de la empresa del sistema financiero en la que se le debe abonar el importe de la factura.

Se establece que en caso de incumplimiento del pago de la factura o recibo por honorarios en la fecha o fechas pactadas, el adquirente del bien o usuario del servicio paga el interés moratorio que haya sido pactado y en ausencia de pacto, lo que fija el Banco Central de Reserva (BCR).

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