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OPINIÓN | Martín Belaunde Moreyra: Los peajes de la corrupción

Sería muy importante saber si en esos contratos se han incorporado cláusulas anticorrupción que permitan su resolución.

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24/05/2019 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

El tema de los peajes en lo que antes se denominaba carretera Panamericana Norte está creándole una situación difícil al Municipio Metropolitano de Lima (MML). ¿Qué hacer con los contratos firmados por las anteriores administraciones municipales de Lima Metropolitana, declararlos nulos de un plumazo como proponen algunos? En estos casos se deben contemplar todos los factores que están en juego, uno de ellos es la corrupción que percudió a estas obras viales. No cabe duda que el costo de los peajes está abrumando a muchos de los usuarios en las diversas localidades de Lima Norte.

Esto no solo afecta a las empresas transportistas de carga y pasajeros que pueden diluir el peaje en su tarifa, sino al ciudadano común y corriente que se traslada diariamente en su automóvil de Lima a Puente Piedra e incluso Ancón y viceversa. ¿En qué medida los peajes están recortando la libertad de tránsito garantizada por la Constitución? Con el agravante de la corrupción que la ex alcaldesa Susana Villlarán ha confesado muy suelta de huesos que “volvería a hacerlo para salvar Lima” según su absurda y no menos culpable frase.

En relación con los peajes y la resolución de los contratos vigentes con Odebrecht, OAS y cualquier otra empresa que haya ejecutado obras viales para el MML bajo ese sistema, debemos tener en cuenta diversos factores. Uno favorable al Perú consistente de que no hay un tratado en vigor con Brasil sobre protección de inversiones. Esta circunstancia debilita que el Estado peruano sea demandado ante el CIADI por la resolución unilateral de tales contratos invocando la causal de corrupción. Es imprescindible el análisis de todos y cada uno de dichos contratos respecto de sus cláusulas sobre solución de controversias.

Sería muy importante saber si en esos contratos se han incorporado cláusulas anticorrupción que permitan su resolución en el supuesto de acreditarse actos de esa naturaleza atribuibles a las partes. También se debe analizar qué acciones legales corresponden cuando se suscita controversias. Pueden haber acciones judiciales ante los tribunales peruanos, pero no deben excluirse acciones ante tribunales arbitrales nacionales o internacionales con arreglo a lo pactado en los respectivos contratos. Se habla de la teoría de la imprevisión y del surgimiento de nuevos hechos que no eran conocidos públicamente cuando se firmaron los contratos. Todo lo cual debe ser ponderado serenamente por el alcalde Muñoz antes de tomar decisiones apresuradas cuyo costo final sea contraproducente para la MML.