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Opinión | Dr. Edhín Campos: Nuevas tecnologías contra la criminalidad organizada

Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia Especializada en Delitos de Crimen Organizado y Corrupción de Funcionarios

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22/10/2019 / Exitosa Noticias / Columnistas / Actualizado al 09/01/2023

Bastante beneplácito y aceptación viene causando en la comunidad jurídica nacional y en la opinión pública, la reciente publicación del XI Pleno Jurisdiccional de las Salas Permanentes, Transitorias y Especiales de la Corte Suprema de Justicia de la República, referido a las técnicas especiales de investigación contra las organizaciones criminales.

El Acuerdo Plenario 10-2019/CIJ-116, publicado hace poco menos de dos semanas, en la página web del Poder Judicial, forma parte del tercer y último avance jurisprudencial de este año, aprobado por la más alta instancia de ese poder del Estado y establece como doctrina legal los principios jurisprudenciales de obligatorio cumplimiento para todos los jueces de la República.

El incremento desmesurado de la inseguridad ciudadana en todo el territorio peruano, importa que la pequeña, mediana y megacriminalidad, debe ser controlada, investigada, juzgada y eventualmente sancionada con las armas que establece el marco normativo y la Constitución Política del Estado.

En efecto la Ley Nro. 30077 Ley contra el crimen organizado, considera organización criminal a cualquier agrupación de tres o más personas, que se dedican a diversas tareas o funciones y tienen su ámbito de acción, además tienen como característica que son estables o por tiempo indefinido y existen de manera concertada, su objetivo es obtener ganancias ilícitas y con la finalidad de cometer delitos graves.

Existen más de una veintena de modalidades de crimen organizado en el Perú, que son muchas veces convencionales, pero al mismo tiempo son muy letales y violentas. El Acuerdo Plenario 10-2019/CIJ-116, establece que estas nuevas herramientas tecnológicas de lucha contra el crimen organizado son los drones y los satélites.

El acuerdo precisa que “drone” significa aeronave no tripulada. En esta perspectiva, es evidente que los drones, en cuanto a instrumentos tecnológicos, están en condiciones de facilitar la obtención de fuentes de investigación o prueba, a través de distintos dispositivos incorporados dentro del dron, es posible obtener información penalmente relevante para el posterior enjuiciamiento de organizaciones y bandas criminales, como la toma de fotografías, filmación de videos o videograbaciones, etc.

Respeto a los satélites, se precisa que es un vehículo espacial tripulado o no que se coloca en órbita alrededor de la tierra y que lleva aparatos apropiados para recoger información y transmitirla.

Los satélites, también son instrumentos tecnológicos a través de los cuales se facilita la obtención de fuentes de prueba en la lucha contra la criminalidad organizada, asimismo, pueden ser utilizados mediante la videovigilancia para utilizar tomas fotográficas y hacer seguimiento en puntos específicos del globo terrestre que tengan vinculación con la comisión de un hecho punible.

Por ejemplo a través del uso del satélite se pueden detectar rutas en narcotráfico en la sierra y selva peruana u organizaciones criminales dedicadas al tráfico de terrenos y tala ilegal de árboles, por lo que al contar con la información proporcionada por el satélite Perú Sat I, generada en tiempo real, permitirá tomar acciones inmediatas y pertinentes, ello debido a que puede utilizarse para tomas fotográficas a gran alcance, así como también videograbaciones en lugares recónditos.

En tal sentido, diremos que en el Perú existe pequeña, mediana y gran criminalidad traducida en las bandas, organizaciones y conciertos criminales y que producen grave inseguridad ciudadana, por lo que es urgente y necesario prevenir, investigar, juzgar y eventualmente sancionarlas, con todo el peso de la ley, dentro de la garantía constitucional de un debido proceso.