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Derechos Humanos y las Tendencias de las Libertades Sociales en el Siglo XXI

Con la llegada del siglo XXI se ha generado una nueva tendencia de Libertades Sociales, por ello ha sido necesario redefinir el concepto de los Derechos Humanos.

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L. Gustavo Cordero Jon Tay

23/10/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Por: L. Gustavo Cordero Jon Tay

Con la llegada del siglo XXI , que nos trajo consigo la consolidación de la globalización dentro de un contexto social, económico y político de marcada y creciente ¨desigualdad¨ entre algunas naciones, y con una Generación cada vez más determinada en eliminar las brechas de desigualdad en el mundo, en todos los ámbitos, es que genera una nueva tendencia de Libertades Sociales y con este escenario, ha sido necesario redefinir el concepto de los Derechos Humanos para adaptarlo a los nuevos requerimientos de una sociedad que, junto con el avance de la tecnología y las nuevas tendencias, fue progresando y evolucionando en sus demandas de libertades sociales e individuales para garantizar la protección de sus derechos.

Es así, que aparece una tercera generación de derechos humanos que, junto con tendencias como la igualdad de género, la inclusión y protección (ante la discriminación y la exclusión) de las comunidades LGTB y la protección del medioambiente y los animales, amplía la base de los derechos universales de los humanos ya consagrados y viene a dar respuesta a estas nuevas demandas.

Las Tendencias de las Libertades Sociales en el Siglo XXI

Aquí es donde entran a jugar algunas extensiones más de las libertades sociales o de los reclamos por más derechos humanos como lo son el mencionado cuidado del medio ambiente, la cuestión de género y la protección de los datos de los ciudadanos, tres vertientes sobresalientes de esta nueva generación de derechos.

El derecho a un medio ambiente saludable incluye el derecho a la conservación del mismo para lograr la dignidad de la vida de las personas y de las futuras generaciones. Esto incluye, además, el derecho a la información, el derecho a participar en la toma de decisiones y el derecho a obtener recursos para velar por su cuidado, entre otras cosas.

En cuanto a la protección de los datos, es menester destacar la vitalidad del progreso tecnológico en la cotidianeidad de nuestras sociedades actuales; Así como hoy se considera un derecho humano el acceso a la internet y a la información, la contraparte es la obligación de los estados de defender la propiedad de los datos de los ciudadanos y velar por su correcto uso y manipulación; Este es un tema candente en los debates públicos y un tema muy delicado, en un contexto de extrema vulnerabilidad para los ciudadanos, dado el elevado nivel de control de los datos que circulan en la red por parte de algunas pocas empresas y organismos, de hecho, hace un año entró en vigor una ley global de protección de datos, la GDPR (Reglamento General de Protección de Datos), que, si bien suscitó numerosas polémicas, intentó ir en la dirección de proteger la integridad de los datos de las personas.

El último ejemplo que aquí veremos de tendencias en los derechos humanos de la tercera generación es el de la cuestión del género. La igualdad de género es, además de un derecho fundamental, uno de los pilares sobre los que se erige el mundo en el siglo XXI para alcanzar un desarrollo próspero, pacífico y sostenible. La inequidad por causa del género implica un freno para el progreso social, dado que las mujeres representan la mitad de la población mundial, por lo que gran parte del avance de las sociedades modernas depende de ellas también.

Una de las iniciativas que se ha hecho esperar por muchos años y que ha sido injustamente cuestionada por algunos sectores ha sido brindar protección a las minorías y comunidades de LGTB declarándolas por ley, para protegerlos frente a la gran discriminación y exclusión social que imperaba años atrás. Y es que en años recientes las iniciales LGBT se utilizan para denominar de forma inclusiva a todos los individuos y a las comunidades que se identifican como lesbianas, gay, bisexuales o transgénero o aquellos/as que tienen dudas acerca su sexualidad y/o identidad de género. No existe una forma única de ordenar las letras (GLBT, por ejemplo), algunas personas agregan letras adicionales, incluyendo, por ejemplo, “I” de intersexo (antes conocido como hermafrodismo), “Q” de queer (“raro” en inglés) o de questioning, y “A” de aliados que no son LGBT pero que los/las apoyan (LGBTQIA). En Latinoamérica, comúnmente se usa el término “minorías sexuales”, y esta tal vez ha sido una de las tendencias mas esperadas y polémicas del ultimo siglo, reconociendo que nuestra sociedad debe integrarse con nuestras libertades sociales para vivir en armonía sin perjudicar a los demás.

Un Nuevo Amanecer de los Derechos Humanos

Primero hagamos un breve repaso por la historia de los derechos humanos... La noción de los derechos humanos como tal se remonta a los tiempos antiguos coincidiendo los primeros textos vinculantes desde el Código de Hammurabi desde 1792 A.C. pasando por Babilonia, Atenas, etc., La mayoría de los autores los vincula a la Grecia clásica, donde ya se hablaba de leyes naturales, implícitas. En el derecho Romano también se hablaba de ciertos derechos naturales que les eran inherentes al hombre, pero en este breve comentario histórico solo nos situaremos desde el inicio de La Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, que es el inicio del cual lo conocemos en la actualidad.

Ahora bien, mientras en la gesta de la Lucha por la independencia Norteamericana, (cuya Constitución comienza el mismo año en que estalla la Revolución en Francia, es decir, en 1789),

La Sociedad de los Francmasones, comienzan a tener una enorme influencia por la independencia norteamericana (1776) y que también derivaron como responsable intelectual de la Revolución Francesa. La Sociedad Francmasónica se caracterizaba por promover la fraternidad humana.

Aunque la primera vez que se proclamaron solemnemente los derechos del hombre fue en los Estados Unidos (Declaración de Derechos de Virginia en 1776 y Constitución de los Estados Unidos en 1787), la revolución de los derechos humanos es un fenómeno puramente europeo, y podemos decir que el primer defensor de los Derechos Humanos fue Napoleón Bonaparte, quien firmo La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de la Asamblea Constituyente francesa, realizada el 26 de agosto de 1789, la que sirva de base e inspiración a todas las declaraciones tanto del siglo XIX como del XX.

Se basó en la teoría de la voluntad general de Rousseau y en la división de poderes de Montesquieu así como en los derechos naturales que defendían los enciclopedistas. Pero, sobre todo, es un texto atemporal, único, separado del texto constitucional y, por tanto, con un carácter universal, a lo que hay que añadir la brevedad, claridad y sencillez del lenguaje. De ahí su trascendencia y éxito tanto en Francia como en Europa y el mundo occidental en su conjunto y se puede ver desde su Primera Enmienda Articulo 1, el cual nos dice ¨Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en derechos. Las diferencias sociales no pueden tener otro fundamento que la utilidad común¨.

Vemos entonces el punto de partida de los derechos humanos tal cual los conocemos en la actualidad es la Declaración de los Derechos del Hombre y el Ciudadano que nace de la Revolución Francesa en 1789. Es en ese momento donde brotan todos los movimientos emancipadores del mundo, inspirados en la soberanía y la defensa de las libertades individuales.

Una Nueva Esperanza, se levanta con los nuevos tiempos, y es que el concepto de derechos humanos es, relativamente nuevo, surge luego de la Segunda Guerra Mundial y con la constitución de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). La Carta de las Naciones Unidas emplea en su constitución la expresión “derechos humanos” aunque todavía sin definirlos explícitamente.

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos del 1948 se comienzan a tratar y sentar las bases de los derechos humanos y se fijan directrices y recomendaciones acerca de cómo deberían ser tratados. Con la adopción de la Declaración Universal, sucedida hacia 1968 con la Proclamación de Teherán, se comienza a materializar la universalidad de los derechos humanos que fueron estableciéndose con la Declaración de 1948.

Como decíamos, y a la par con la evolución en la disciplina y el estudio de los Derechos Humanos, se ha ido aumentando progresivamente el énfasis con que estos derechos son defendidos y reclamados a nivel nacional y a nivel internacional. Una teoría que estudia la evolución de los derechos humanos y cuenta con el consenso general de la academia es la Teoría de las 3 Generaciones. Esta teoría divide los derechos humanos en tres etapas:

La primera generación, vinculada con la incorporación constitucional de ciertos derechos civiles y políticos, surge durante los siglos XVIII y XIX. Son derechos que nacen básicamente para defender al individuo del Estado, limitar la acción del poder y garantizar la participación política de los ciudadanos. Son ejemplos el derecho a la propiedad, el derecho a la vida y el derecho al voto, entre otros.

La segunda generación, que aparece entre el siglo XIX y el siglo XX, y se relaciona con derechos económicos y sociales que buscan garantizar condiciones de vida dignas para las personas, con mucho énfasis en lo laboral y en las necesidades humanas. El derecho a la salud y a la educación son ejemplos de esta segunda etapa.

La tercera generación se da a finales del siglo XX y principios del siglo XXI. Se pretende fomentar la solidaridad entre las naciones y las personas, en busca de promover prácticas pacíficas para que las sociedades sepan afrontar los nuevos desafíos a los que nos enfrentamos en nuestra actualidad. Dentro de esta generación se encuentran el derecho a la paz, al desarrollo sostenible y a un medio ambiente saludable.

Examinando un poco más de lleno la tercera generación, que en definitiva es la etapa que estamos transitando en estos momentos, podemos ver cómo el contrato social del que habló en su momento el filósofo francés Jacques Rousseau se fue redefiniendo para adoptar una serie de derechos y obligaciones nuevas y relacionadas más con el respeto y la protección de todos los grupos e individuos, y en especial de los más vulnerables y desfavorecidos. Es decir, articulando la globalización del mundo capitalista con la globalización de los derechos humanos en pos de defender no solo a las generaciones presentes, sino también a las futuras.

Las condiciones de desigualdad, pobreza y deterioro ambiental y económico en las que se encontraron el siglo pasado muchos países y regiones llevaron a que se reconozca esta nueva categoría de derechos humanos con el fin de garantizar las condiciones propicias para que puedan ser efectivamente satisfechos los derechos de primera y segunda generación.

Violencia de Genero y Empoderamiento de las Mujeres, En los últimos años hemos venido cosechando algunas conquistas en esta materia: hay cada vez más mujeres con cargos importantes y en posiciones de liderazgo, el número de niñas escolarizadas subió considerablemente, el matrimonio precoz y forzoso tiende a desaparecer, se crearon diversos organismos nacionales y supranacionales que brindan apoyo a las mujeres en situación de violencia doméstica, y en muchos países la legislación para fomentar la igualdad de género ya es una realidad. Ganar derechos para las mujeres es más que brindar oportunidades a cualquier mujer o niña; también se trata de cambiar la forma en que funcionan los países y las comunidades. Implica cambiar leyes y políticas, cambiar paradigmas e invertir en organizaciones y movimientos feministas de mujeres fuertes.

Por otro lado, esto ha generado polémica en algunos países en los que algunos sectores de la población miran con preocupación la cuestión de ¨la legislación no igualitaria para los hombres¨, a raíz de la detección de algunas denuncias falsas por violencia de genero.

En España se levantaron hace algunos años fuertes cuestionamientos en el ámbito parlamentario frente a la actualización de la ley de violencia de género frente a la buena o mala utilidad en los procesos que se determinan que muchas veces los menores hijos y familiares de ambas partes de los procesos de estas denuncias, son los que más sufren y a la larga crecen con un estigma psicológico viendo una familia desmembrada por el odio, y es que se sostenía que las penalidades eran excesivamente desmedidas cuando la violencia la cometía un hombre contra el supuesto de que lo hiciera la mujer.

Otras leyes que han desencadenado en numerosos debates y enfrentamientos son la ley del aborto, las leyes de maternidad y las leyes de paternidad. En cuanto a la primera, el debate gira en torno a la intervención del Estado en la materia, soslayando la contradicción de esta ley con el derecho a la vida; En cuanto a la segunda, la gran mayoría de los países cuentan con una ley que otorga días de licencia para las madres que dan luz a un niño, ahora bien, en muchos lugares se empezó a debatir acerca del derecho de los padres a gozar de la misma licencia. La nota aquí se la lleva Finlandia, que estableció que los padres y las madres tendrán la misma cantidad de días de licencia parental.

Una Nueva Tendencia en las iniciativas de este siglo ha sido la declaración de los Derechos de los Animales y que en su contexto literal dice "Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia. El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho a exterminar a los otros animales o explotarlos violando su derecho”. Así inicia la Declaración Universal de los derechos de los animales aprobada por la ONU, pero esto lo abordaremos mas a fondo en otro articulo por ser un tema amplio pero interesante para todos los que convivimos y/o somos amantes de los animales y mascotas.

En conclusión, los Derechos Humanos y las Libertades Sociales marcan una línea de debate, pero también de integración donde las comunidades debemos aprender a vivir en paz con los otros, y deben poner su foco en todos los seres humanos, pero sobre todo en los grupos más vulnerables y desfavorecidos de la sociedad, como lo son las mujeres, los niños, los ancianos y las minorías en general. Es imperante que los Derechos Humanos actúen como un atenuante de las desventajas que les proporciona el contexto mundial (que comentamos) a estos grupos.

La libertad no es posible sin equidad, y para garantizar esa equidad, es necesario que sigamos avanzando en la lucha por los Derechos Humanos y que en nuestro rol de ciudadanos exijamos constantemente su efectivo cumplimiento.

L. Gustavo Cordero Jon Tay

Director de la Cámara Perú Asia Pacifico

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