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Congresista Ruth Luque presenta proyecto de ley que busca despenalizar el aborto en caso de violación sexual

La vocera de la bancada de Juntos por el Perú, Ruth Luque, solicita modificar artículos del Código Penal para defender a las niñas y mujeres, víctimas de violación sexual.

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Ruth Luque sobre aborto en caso de violación sexual Exitosa

10/12/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Este viernes, la vocera de la bancada de Juntos por el Perú, Ruth Luque, presentó un proyecto de ley que plantea la despenalización del aborto en caso de violación sexual. Esta iniciativa legislativa cuenta con el respaldo de 20 congresistas de diferentes bancadas, quienes buscan defender el derecho sexual de las mujeres, evitar la maternidad "impuesta o indeseada" y promover la idea de considerar el aborto como un tema de salud pública.

Cabe señalar que, en el país, el aborto por violación es penalizado y que las mujeres que lo practiquen deberían de cumplir con la pena privativa de la libertad que dispone el Código Penal. Ante estas normativas, la congresista Luque propone que se incorpore el artículo 119-A al Decreto Legislativo N° 635 del código penal, donde se determinaría que el “aborto no es punible en caso de violación sexual”.

“No es punible el aborto practicado por un médico con el consentimiento de la mujer embarazada o de su representante legal cuando el embarazo sea producto de una violación sexual”, precisa el artículo propuesto por la parlamentaria.

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Asimismo, pide que se modifique el artículo 120 del Decreto Legislativo 635 del Código Penal, que especifica que el aborto debe ser reprimido con un pena privativa de libertad "no mayor de tres meses", si el embarazo es producto de una violación sexual "fuera de matrimonio o inseminación artificial no consentida", solo si los hechos fueron denunciados por la víctima ante la Policía Nacional del Perú.

Además, dicho artículo precisa que las niñas, adolescentes y mujeres violentadas deberán de cumplir la pena privativa si el aborto se realizó "cuando es probable que el ser en formación conlleve al nacimiento graves taras físicas o psíquicas, siempre que exista diagnóstico médico”.

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