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Eventual Retiro ONP 2025 de hasta 4 UIT: ¿Quiénes serían beneficiarios del desembolso de hasta S/21,400?

Un reciente proyecto de ley permitiría un retiro extraordinario y voluntario de aportes a la ONP de hasta S/21,400. Conoce aquí quiénes serían los beneficiarios de este eventual desembolso de hasta 4 UIT.

Retiro ONP 2025 de hasta 4 UIT.
Retiro ONP 2025 de hasta 4 UIT. (Composición Exitosa)

19/08/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 19/08/2025

Una buena noticia podría llegar a los afiliados del Sistema Nacional de Pensiones (SNP). Pues bien, se presentó un proyecto de ley que permitiría el retiro extraordinario y voluntario de hasta 4 UIT (S/21,400) de los fondos acumulados en la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Descubre quiénes se beneficiarían con este eventual desembolso.

Proyecto para retiro ONP de hasta S/21,400 

El congresista Darwin Espinoza presentó el proyecto de Ley N° 12097/2025-CR, en el que se "estipula un incremento gradual de pensión de jubilación a favor de las familias peruanas, con la finalidad de contribuir con la reactivación económica del país".

La propuesta legislativa busca la posibilidad del desembolso de hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), que equivalen aproximadamente S/21,400. En caso se apruebe, se dé luz verde al proyecto de ley y se promulgue, se establecería el paso a paso para solicitar, validar y recibir el dinero, con un plazo máximo de 30 días para su entrega.

"El desembolso puede realizarse en una o más armadas, según lo dispone el reglamento, priorizando criterios de equidad, vulnerabilidad y urgencia económica", asegura la iniciativa.

Se definirá un procedimiento específico: los beneficiarios deberán presentar su solicitud siguiendo el cronograma oficial, que será anunciado junto a la publicación de la norma reglamentaria.

¿Quiénes se verán beneficiados con el desembolso?

Asimismo, el proyecto de ley señala que el desembolso de hasta 4 UIT de los aportes a la ONP podría realizarse en una sola entrega o en varias armadas, dependiendo de lo que dispongan las disposiciones complementarias.

La prioridad se daría a quienes se encuentran en situación de vulnerabilidad, urgencia económica o enfrenten necesidades más críticas. En ese marco, se revela que el beneficio alcanzaría a todos los afiliados al Decreto Ley N.º 19990, tanto a trabajadores en actividad como a exaportantes, siempre y cuando no hayan accedido aún a una pensión ni se hayan trasladado al sistema privado (AFP).

"La presente ley es aplicable a todos los ciudadanos afiliados al Sistema Nacional de Pensiones (Decreto Ley N.° 19990), que se encuentren en condición de aportantes activos o exaportantes que no hayan accedido a una pensión de jubilación", señala el proyecto de ley del partido Podemos Perú.

Proyecto de ley del congresista Darwin Espinoza podría habilitar el retiro ONP de hasta 4 UIT.
Proyecto de ley del congresista Darwin Espinoza podría habilitar el retiro ONP de hasta 4 UIT.

Aumento de pensiones

 La propuesta legislativa del congresista Darwin Espinoza no se limita al retiro de la ONP, ya que también propone modificar la Ley que establece medida de acceso a una pensión proporcional a los asegurados del Sistema Nacional de Pensiones, Ley 31301, para establecer y elevar los montos de la siguiente manera:

  • Pensión de los afiliados con 65 años y con aportes de al menos 10 años y que no lleguen a 15, será de S/ 900.
  • Pensión para quienes tengan 65 años y por lo menos 15 años y menos de 20 años de aportes, será de S/1,300 todos los meses.

El eventual retiro buscaría atender a más de 4.7 millones de afiliados y exaportantes, quienes podrán acceder de forma extraordinaria y voluntaria a sus fondos. 

Proponen cambio del sistema nacional de pensiones.
Proponen cambio del sistema nacional de pensiones.

De esta manera, se reveló que el proyecto de ley de Darwin Espinoza, que buscaría el retiro de hasta 4 UIT de los fondos acumulados de la ONP estaría dirigido exclusivamente a los afiliados que se encuentren en condición de aportantes activos o exaportantes que no hayan accedido a una pensión de jubilación ni se hayan trasladado al Sistema Privado de Pensiones (SPP).

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