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Stefano Miranda sobre uso de fuerza en protestas: Es recomendado fuero ordinario se encargue de investigar

"Fiscalía especializada en violación derechos humanos es quien debe asumir competencias, la Policía y Fuerzas Armadas deben rendir cuentas", dijo el abogado en Exitosa.

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29/12/2022 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 11/01/2023

En entrevista con Exitosa, el abogado experto en derecho policial, Stefano Miranda, se refirió al uso de la fuerza empleado por los miembros de la Policía Nacional del Perú (PNP) y Fuerzas Armadas (FF. AA.) durante las protestas desarrolladas en el país, y consideró que es recomendable el fuero ordinario se encargue de realizar las investigaciones al respecto para demostrarle a la ciudadanía que se hizo una "rendición de cuentas".

"Es recomendado que el proceso ordinario sea el encargado de investigar estos hechos para poder demostrarle a la ciudadanía que se ha hecho una rendición de cuentas y no exista tampoco una situación que considere la ciudadanía que se encuentran cubriendo [...] El fuero competente en estos hechos debería ser el fuero ordinario de la Fiscalía de la Nación. Incluso la Fiscalía tiene una Fiscalía especializada en violación derechos humanos, que es quien debe asumir competencias, y la Policía y Fuerzas Armadas deben rendir cuentas", declaró en nuestro medio.

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Durante el diálogo con Manuel Rosas para el programa 'Exitosa Perú', el letrado resaltó que todos los efectivos policiales y de las FF. AA. se someten al principio denominado "rendición de cuentas", el cual consiste en dar razón al Estado de que se usó la fuerza de manera legitima, legal, necesaria y proporcional.

Agregado a ello, precisó que todo uso desproporcional de la fuerza es un acto arbitrario, ilegal, ilegitimo, que es sancionable por el Código penal y por los tratados internacionales.

De igual manera, el abogado Miranda consideró que las FF. AA aún no están preparadas para contrarrestar el orden público porque tienen otro nivel de preparación. En esa línea, señaló que un policía o militar puede hacer uso de la fuerza cuando "el nivel de resistencia puesta es en su máximo nivel", es decir "una agresión letal".

"Si no existe esa situación, el policía o el militar no puede hacer el uso de la fuerza letal, significa el uso de las armas de fuego [...] El policía o militar, en las huelgas, está prohibido de usar armas de fuego", añadió en Exitosa.

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