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"Fortalecer la seguridad ciudadana"

Congreso propone exigir antecedentes penales para comprar motos lineales: Esto dice el proyecto de ley

El proyecto de ley señala que hay una creciente ola de crímenes perpetrados mal utilizando las motos, por lo que exigir antecedentes y más requisitos es fundamental para "coadyuvar a la prevención" de delitos.

08/05/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 08/05/2025

El congresista de Alianza Para el Progreso (APP), Juan Carlos Martín Lizarzaburu Lizarzaburu, presentó el Proyecto de Ley N° 11037 que plantea exigir antecedentes penales y otros requisitos para comprar motos en el Perú.

Antecedentes y más requisitos

El documento señala que la iniciativa, denominada "Ley que fortalece la seguridad ciudadana a través de la incorporación de los artículos 4-B y 4-C en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, para la adquisición y responsabilidad de las transacciones de los vehículos menores motorizados", tiene como objetivo ayudar a prevenir delitos.

Para ello, propone que se incluyan los artículos 4-B y 4-C en la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, con lo cual quedaría redactado de la siguiente manera:

Artículo 4-B. De la adquisición de los vehículos menores motorizados

Para la adquisición de los vehículos menores motorizados de la categoría L de la clasificación vehicular contenida en el Anexo I del Decreto Supremo 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos, serán indispensables los siguientes requisitos:

Licencia de conducir.

Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) legalizado.

Antecedentes Penales

Antecedentes Policiales

• Para el caso de extranjeros, además, condición migratoria habilitante vigente.

Además, señala que los mismos requisitos serán necesarios para el alquiler de los citados vehículos menores motorizados, previo registro en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Mientras tanto, el artículo 4-C hace referencia a la "responsabilidad administrativa de las transacciones de vehículos menores motorizados".

"Las personas naturales y jurídicas que, al transferir, alquilar, prestar, donar o permutar vehículos menores motorizados de la categoría L de la clasificación vehicular contenida en el Anexo I del Decreto Supremo 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos; no hayan cumplido con acreditar ante el MTC, lo previsto en el artículo 4-B de la presente Ley, alcanzan responsabilidad administrativa", indica.

Proyecto de ley sobre compra motos

Las disposiciones complementarias finales establecen que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de la presente Ley en un plazo "no mayor de noventa días hábiles contados desde su entrada en vigor". Además, la iniciativa también contempla que el MTC cree el Registro de Adquisiciones de Vehículos Menores Motorizados a fin de que se garantice el cumplimiento de esta norma.

En los motivos, la propuesta expresa que se da debido a que durante los últimos años se ha presenciado un "incremento exponencial de los delitos que se comenten utilizando como medio de transporte los citados vehículos menores".

Por ello, se consideraron adecuadas las exigencias de los mencionados requisitos para que se pueda ejercer un debido control sobre la "distorsión del real objetivo" de dichos vehículos. 

"Así, las autoridades tendrán las herramientas necesarias para una debida fiscalización y un monitoreo permanente con el propósito de la prevención de ilícitos", agrega.

Finalmente, el proyecto de ley recalca que hay una creciente ola de crímenes perpetrados mal utilizando las motos, por lo que exigir los antecedentes y más requisitos resulta fundamental para "coadyuvar a la prevención de diversos delitos".

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