Actualidad
El sufragio es obligatorio

Elecciones Generales 2026: Conoce la sanción por no votar en la segunda vuelta electoral del 7 de junio

Quienes no asistan a las urnas sin justificación recibirán sanciones económicas escalonadas según su distrito de residencia y afrontarán restricciones en trámites civiles con el Estado.

Elecciones primarias tendrán lugar este mes de mayo.
Elecciones primarias tendrán lugar este mes de mayo. JNE

22/05/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 22/05/2026

La segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales 2026, programada para el domingo 7 de junio, mantendrá el carácter de voto obligatorio para todos los ciudadanos habilitados en el padrón electoral. 

En consecuencia, la omisión al sufragio sin un sustento legal válido derivará de forma automática en una multa económica, cuyo monto exacto se determinará de acuerdo con la clasificación socioeconómica del distrito consignado en el Documento Nacional de Identidad (DNI), bajo los criterios técnicos fijados por el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI). 

Asimismo, las autoridades advirtieron que el incumplimiento del pago no solo acumula la deuda, sino que genera trabas administrativas directas para la realización de trámites comerciales y el acceso a diversos servicios públicos del Estado.

¿Cuánto debes pagar si no votas el 7 de junio?

La multa por no participar en la segunda vuelta se mantiene bajo el mismo esquema aplicado durante la primera jornada electoral. Los montos establecidos son los siguientes:

  • S/110 para ciudadanos que viven en distritos no pobres
  • S/55 para quienes residen en distritos pobres no extremos
  • S/27,50 para electores de distritos en pobreza extrema

La clasificación del distrito se determina automáticamente con los datos oficiales del INEI y la dirección registrada por el ciudadano en su DNI.

Multa electoral
Multa electoral

Las consecuencias de mantener la deuda electoral

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) advirtió que no cancelar la multa por omisión al sufragio acarrea severas consecuencias administrativas para el ciudadano. Mantener esta condición de deudor electoral genera impedimentos inmediatos para efectuar trámites en diversas entidades públicas, así como serias dificultades para acceder a una serie de servicios estatales esenciales como:

  • Trámites notariales
  • Inscripciones civiles
  • Participación en procesos judiciales y administrativos
  • Acceso a programas sociales
  • Obtención de licencias de conducir
  • Acceso a cargos públicos

Además, el JNE puede iniciar un proceso de cobranza coactiva que podría incluir el embargo de cuentas bancarias u otros bienes. Para cualquier gestión vinculada a la sanción, solo se requiere el documento nacional de identidad. Las opciones de consulta y pago, tanto presenciales como digitales, están diseñadas para facilitar el cumplimiento de esta obligación ciudadana.

Para facilitar el proceso, las autoridades correspondientes recordaron que los ciudadanos pueden consultar de manera detallada si registran multas pendientes a través de las plataformas digitales oficiales que han sido habilitadas para este fin.

La proximidad de la segunda vuelta presidencial no solo define el rumbo político del país entre las candidaturas de Keiko Fujimori y Roberto Sánchez, sino que pone a prueba la responsabilidad civil de millones de votantes.

SIGUIENTE NOTA