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Estado de emergencia: Desde hoy entra en vigencia el nuevo pase laboral

Este pase, a renovar cada 48 horas, se deberá mostrar de manera obligatoria ante los miembros de las FF.AA y la Policía Nacional del Perú.

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01/04/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Así como lo anunció el Ministerio del Interior, desde hoy entra en vigencia el pase personal laboral para las personas que desarrollen actividades esenciales durante el estado de emergencia, decretado para frenar el avance del coronavirus en nuestra región.

https://twitter.com/MininterPeru/status/1244711895766048769

Este pase, a renovar cada 48 horas, se deberá mostrar de manera obligatoria ante los miembros de las FF.AA y la Policía Nacional del Perú. El nuevo documento se tramita vía online a través del siguiente link:

https://www.gob.pe/paselaboral/request_new

Algunos datos adicionales que exigen a los solicitantes son el RUC de la empresa o entidad en la que laboran, correo electrónico, horario de trabajo, trayecto del domicilio al centro de labores, entre otros.

Este documento se portará de forma online a través del celular o en presentación impresa, junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa en la que labora el usuario.

Las personas dedicadas al cuidado de adultos mayores, niños o personas en estado de vulnerabilidad deberán consignar, además, los datos del empleador para la verificación correspondiente.

Con toda esta información, la Policía Nacional desplegará operativos y visitas aleatorias de control, y de comprobar que las personas brindaron información falsa no solo anularán el pase, sino que también procederán a denunciarlos penalmente por el delito contra la fe pública que tiene una pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 4 años.

¿Quiénes podrán movilizarse las 24 horas?

Las personas que podrán movilizarse las 24 horas son aquellas que se dedican a: servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas; servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos; servicios de telecomunicaciones; servicios funerarios.

También aquellos que brindan servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones; personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, que participan en los operativos.

Asimismo, el personal del sector público que atiende labores relacionadas con la emergencia, personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales, personal de medios de comunicación y distribución de diarios y revistas, y servicio de traslado de choferes de servicio urbano masivo.

¿Quiénes pueden movilizarse durante el aislamiento social?

Las personas que pueden movilizarse durante el horario de inmovilización social obligatorio -que rige desde las 18:00 hasta las 5:00 horas, salvo en Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto, donde empieza a las 16:00 horas- son aquellas que cumplen los siguientes trabajos esenciales:

a. Servicio de transporte urbano masivo de pasajeros autorizados.

b. Servicio de traslado de trabajadores de empresas y entidades dedicadas a actividades esenciales.

c. Taxi registrados y autorizados por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU).

d. Personal de empresas de seguridad.

El Ministerio de Defensa y el Ministerio del Interior exhortan a la ciudadanía a no tramitar el pase personal laboral si no se encuentran en estas categorías, pues se exponen a una denuncia penal.

Asimismo, instaron a los trabajadores esenciales a utilizar con responsabilidad el pase personal laboral y no valerse del mismo para realizar actividades distintas a las relacionadas con la atención de la emergencia o, en el caso de los periodistas, la cobertura de la misma.