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Fonavi: ¡Atención! JNE confirma improcedencia de recolección de firmas para referéndum sobre devolución de aportes

Andrés Alcántara buscó promover un referéndum sobre la devolución del dinero del Fonavi, pero la ONPE y JNE declararon improcedente el pedido del kit electoral necesario para recolectar las firmas.

JNE sobre recolección de firmas para referéndum sobre Fonavi.
JNE sobre recolección de firmas para referéndum sobre Fonavi. (Composición Exitosa)

24/11/2023 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 24/11/2023

El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) confirmó la decisión de la ONPE de declarar improcedente la solicitud de recolectar firmas para convocar a un referéndum sobre la devolución del dinero del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi).

Lo ratificó

Mediante la la resolución 0214-2023-JNE, publicada hoy en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano, la mencionada entidad ratificó la medida presentada este viernes 24 de noviembre.

"Se resuelve declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por don Andrés Avelino Paredes; y, en consecuencia, confirmar por otros fundamentos, la Resolución N° 000062-2023-SG/ONPE, del 13 de setiembre del 2023, que declaró infundado el recurso de apelación interpuesto en contra de la Resolución Subgerencial N° 000005-2023-SGACTD-SG/ONPE, del 6de setiembre de 2023, emitida por la Ocina Nacional de Procesos Electorales"

Es así que, la JNE confirmó la validez de la decisión que la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) tomó frente a un recurso de apelación presentado por el excandidato presidencial Andrés Alcántara, promotor del pedido de recolección de firmas mencionados.

Sobre Andrés Alcántara 

Como precisan, Alcántara solicitó a la ONPE, en el mes de agosto, la adquisición del kit electoral necesario para recolectar firmas de adherentes a fin de convocar a un referéndum. 

En este se consultaría si la ciudadanía está de acuerdo con que el Congreso de la República apruebe proyectos de ley para la devolución total de fondos del Fonavi, y para la derogatoria de la ley 31399, vinculada a este tema.

De tal modo, en el documento se precisa que la ONPE declaró improcedente dicho pedido, alegando que el solicitante no presentó el texto en el cual debía señalar las razones por las cuales estos proyectos no fueron aprobados. 

Además, la entidad electoral indicó también que dichas iniciativas deberían haber sido rechazadas antes en el Parlamento, con la finalidad que estas puedan ser materia de referéndum. 

Antecedentes

En el mes de setiembre, Alcántara interpuso un recurso de apelación contra la resolución que al respecto emitió la ONPE, alegando que esta realiza una interpretación errada de las leyes, limitando el derecho a la participación ciudadana al supeditarlo a procedimientos parlamentarios.

El organismo electoral, a su vez, desestimó esta apelación, insistiendo en que se puede convocar a referéndum solo temas que hayan sido materia de proyectos de ley rechazados o modificados sustancialmente en el Parlamento. Ante ello, el JNE declaró infundada la apelación de Alcántara, confirmando lo resuelto por la ONPE.

De esta manera, el JNE ratificó la decisión de la ONPE de declarar improcedente el pedido de recolectar firmas para convocar a un referéndum sobre la devolución del dinero del Fonavi.