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JEE de Lima Centro 1 rechazó pedido de nulidad a plancha presidencial de Pedro Castillo

El pedido fue presentado por la abogada Mónica Yaya, quien denunció que la candidata Dina Boluarte, no renunció a su cargo en la Reniec, seis meses antes de los comicios.

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Pedro Castillo 1

03/07/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Este sábado, el Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Centro 1 rechazó la solicitud de nulidad a la plancha presidencial del partido Perú Libre, que encabeza el candidato Pedro Castillo.

“Se declara improcedente el pedido de nulidad contra la Resolución n.° 00072-2021-JEE-LIC1/JNE, que resolvió inscribir en parte la solicitud de inscripción de la fórmula de candidatos para la presidencia y vicepresidencias de la República, presentada por el Partido Político Nacional Perú Libre”, se lee en el informe.

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Cabe señalar que, el pedido fue presentado por la abogada Mónica Yaya, debido a que la candidata a la Vicepresidencia de la República del partido del lápiz, Dina Boluarte, no renunció a su cargo de jefa encargada de la oficina de Reniec en Surco- Higuereta, seis meses antes de los comicios.

“Esto quiere decir que, en enero, febrero y parte de marzo, la señora Boluarte estuvo ejerciendo un cargo dentro de un organismo electoral. De acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, la señora Boluarte debió dejar el cargo seis meses antes de la fecha de las elecciones, precisamente en octubre de 2020. Pero esto no fue así”, declaró en Exitosa.

Asimismo, en el documento presentado al JEE, la jurista señala que "no pueden postular a la presidencia o vicepresidencias de la República: (...) b) Los miembros del Tribunal Constitucional, del Consejo Nacional de la Magistratura, del Poder Judicial, del Ministerio Público, de los organismos integrantes del Sistema Electoral y el Defensor del Pueblo, si no han dejado el cargo seis meses antes de la elección".

Cabe señalar, la denuncia fue realizada en referencia del artículo 107 de la Ley Orgánica de Elecciones (LOE). En respuesta a ello, el JEE de Lima Centro 1 indicó que dicho artículo es para "altos funcionarios" y "no abarca en general a todos los funcionarios".

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