05/11/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/11/2025
A través de un comunicado, Rutas de Lima informó que procederá a suspender el cobro de los peajes ubicados en Villa El Salvador y Punta Hermosa, tras haber sido notificados sobre el fallo del Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac que dispuso dicha medida.
Como se recuerda, la jueza Patricia Romero Medina resolvió a favor el escrito formulado por Hugo Monteverde Cerruti, alcalde del distrito de Santa María del Mar, quien solicitó que se aplique de manera inmediata el fallo que ordena la suspensión del servicio, luego de que la empresa volviera reanudar el cobro desde el pasado domingo 2 de noviembre.
Acusan arbitrariedad por parte del Estado peruano
Tras conocer la reciente sentencia del Poder Judicial, la concesionaria indicó que recibió la notificación de la misma, mostrando su disconformidad, alegando que el reinicio de la operaciones en sus garitas fue conforme al marco normativo aplicable.
"Ahora, en atención a esta nueva decisión judicial, la cual añade aún mayor arbitrariedad al trato recibido por Rutas de Lima por parte del Estado peruano, Rutas de Lima ha procedido a suspender el cobro de peaje en las unidades de Villa y Punta Negra", confirmó la compañía.

No obstante, precisan que los peajes de Huaylas, San Pedro, Arica, y Quebrada Seca, continúan operando con normalidad, al no existir mandato judicial alguno que disponga su suspensión. Además, advierten de que presentarse "movilizaciones o conmoción social" en los puntos mencionados, solicitarán la fuerza pública para salvaguardar la seguridad de sus trabajadores.
Sí se configura la afectación al libre tránsito
En su resolución de fecha 4 de noviembre, el Juzgado de Investigación Preparatoria de Pachacámac analizó el caso a través de los presupuestos procesales de la "no irreversibilidad, proporcionalidad y no exigible el otorgamiento de contracautela", cumpliéndose con los mismos.
En esa línea, menciona que la sentencia puede ser revertida en una instancia superior y que se configura la afectación al derecho al libre tránsito de los ciudadanos, pese a que la empresa advirtió graves afectaciones económicas en su contra por la suspensión de los cobros en las garitas.
"En ese sentido, habiéndose dado estricto cumplimiento a lo dispuesto por el superior jerárquico mediante la emisión de una nueva sentencia, la cual también ha sido objeto de apelación, y atendiendo a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 26 del Nuevo Código Procesal Constitucional, que establece que la presente resolución es inimpugnable, se dispone que una vez generado el incidente que corresponde, se remita al Primer Juzgado de Investigación Preparatoria de Lurín, órgano jurisdiccional de origen, para su ejecución", refiere el fallo.
Es así que Rutas de Lima acata la medida, estando advertidos de recibir multas, si es que hacían caso omiso a la presente resolución.

