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Reniec deja sin efecto resolución que permitía emitir certificados de defunción de oficio

Institución reiteró que inscripción de oficio de actas de defunción obedeció a medidas excepcionales pero que a la fecha la situación ha cambiado.

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15/10/2022 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

El Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) oficializó hoy el anuncio realizado ayer por la jefa de la institución, Carmen Velarde, de dejar sin efecto la norma que permitía inscribir actas de defunción de forma automática.

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A través de la resolución gerencial Nº 000365-2022/GG/RENIECNº, publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, la Reniec dejó sin efecto la resolución gerencial Nº 000001-2021/GG/RENIEC, del 11 de enero del 2021, que permitía realizar dicho trámite solo de oficio.

La misma norma, en su artículo segundo, solicita informar a la Dirección de Servicios Registrales y Dirección de Registros Civiles, a fin de que adopten las acciones que corresponda en el marco de sus respectivas competencias.

Entre los considerandos que dan sustento a la nueva disposición se detalla que la resolución gerencial Nº 000001-2021/GG/RENIEC disponía con eficacia anticipada, desde el 01 de enero de 2021 y en tanto dure la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, que se continúe con la generación en línea de las Actas de Defunción que cuenten con Certificados de Defunción (CDEF) en línea en el SINADEF.

Sin embargo, la Dirección de Registros Civiles, atendiendo al restablecimiento de la convivencia social, reflejada en los bajos niveles de contagios por el covid-19, con lo cual la mayoría de las entidades de la Administración Pública ya se encuentran ejerciendo sus labores de manera presencial; considera que la adopción extraordinaria de generación de oficio de las Actas de Defunción que cuenten con Certificados de Defunción (CDEF) en línea en el SINADEF, no resulta justificable.

Indica, además que, la Dirección de Servicios Registrales, mediante el documento de vistos, señala que los Centros de Atención del RENIEC a nivel nacional atienden ahora de forma continua, con lo cual se procederá al registro de la defunción con la presentación en físico del Certificado de Defunción.

La institución reitera a la población que la inscripción de oficio de las Actas de Defunción obedeció a medidas excepcionales y temporales debido a las restricciones dictadas por parte del Estado, situación que a la fecha ha cambiado, por lo cual corresponde dejar sin efecto la Resolución Gerencial Nº 000001-2021/GG/RENIEC.

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