Política
Hasta que tribunos decidan

TC declara fundada medida del JNE: Suspenden orden de inscripción de Unidad Popular

El Tribunal Constitucional declaró fundado medida del JNE sobre orden del Poder Judicial de inscribir el partido Unidad Popular, por lo tanto, las resoluciones quedan sin efecto.

Demanda del JNE contra el PJ no afectaría cronograma electoral
Demanda del JNE contra el PJ no afectaría cronograma electoral (Composición Exitosa)

22/10/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 22/10/2025

El Tribunal Constitucional declaró fundada la medida cautelar que presentó el Jurado Nacional de Elecciones ante las resoluciones del Poder Judicial que ordenan la inscripción del partido Unidad Popular de Duberlí Rodríguez.

¿Qué ordena el TC?

Como se recuerda, el JNE presentó una demanda cautelar contra el Poder Judicial sosteniendo que el Poder Judicial no puede alterar el cronograma electoral aprobado por el organismo, especialmente cuando algunas de las etapas ya concluyeron. 

Por ello, se pide al TC declarar nulas las resoluciones judiciales que disponen la inscripción del partido y que se reafirme su competencia exclusiva para administrar la justicia en materia electoral. 

En ese sentido, el TC, a través del Expediente N° 00005-2025-PPC/TC ha decidido suspender las 6 resoluciones del Tercer Juzgado Constitucional que ordenan al JNE inscribir Unidad Popular y en el que sanciona a los miembros de la institución, hasta que los tribunos emitan una sentencia definitiva para el proceso. 

Suspenden resoluciones del PJ
Suspenden resoluciones del PJ

Conflicto JNE y PJ

Todo inició el 29 de julio, cuando el Poder Judicial ordenó en un inicio la inscripción del partido de Duberlí Rodríguez, a la que el JNE declaró "inejecutable" argumentando que artículo 181 de la Constitución Política del Perú, sus resoluciones en materia electoral son "en instancia final, definitiva y no son revisables".

Sin embargo, el 5 de agosto el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima declaró nula la resolución del JNE que declaraba inejecutable su primera orden judicial y ordenó nuevamente cumplir la sentencia o de lo contrario sancionarían a los miembros. 

finalmente el 29 de agosto el Poder Judicial sancionó a los miembros del pleno del JNE por no cumplir la orden, imponiendo multad de 5 Unidades de Referencia Procesal (URP) y remitió copias de los actuados al Ministerio Público para que este actúe conforme a sus atribuciones.

Fue a raíz de esto, que el 2 de septiembre el propio presidente del Jurado Nacional de Elecciones, Roberto Burneo, anunció la presentación de una demanda competencial contra el PJ, afirmando que las decisiones de la institución son "irrevisables".

"Ya el pleno del Jurado Nacional de Elecciones, por unanimidad ha aprobado la presentación de una demanda competencial. Con lo cual, estamos nosotros formando el equipo jurídico que va a respaldar al Jurado Nacional de Elecciones", informó.

Sumado a ello, el 24 de septiembre el JNE presentó una medida cautelar ante el TC, la que fue admitida el 11 de octubre y, tras unas semanas, el máximo ente constitucional anunció que las resoluciones que ordenan la inscripción de Unidad Popular quedan suspendidas hasta que los tribunos tomen una decisión definitiva. 

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