
11/10/2025 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 11/10/2025
El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de conflicto competencial presentada por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) contra el Poder Judicial, en medio de la polémica por la inscripción del partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez.
El conflicto entre el JNE y el PJ
Todo comenzó el pasado 12 de septiembre, cuando el JNE interpuso ante el Tribunal Constitucional una demanda de conflicto competencial (expediente N°00005-2025-PCC/TC).
El organismo electoral, representado por su procurador público Ronald Angulo Zavaleta y el equipo de defensa del estudio Ghersi, solicitó que se declare fundada la demanda en todos sus extremos.
El reclamo surgió luego de que el Tercer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Lima ordenara al JNE inscribir en un plazo de dos días hábiles al partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez, bajo advertencia de multa progresiva.
Según el JNE, estas resoluciones son "viciadas de incompetencia", ya que implican que el Poder Judicial estaría interviniendo en competencias exclusivas del órgano electoral.
El TC decidió correr traslado a la parte demandada, es decir, al Poder Judicial, para que se apersone al proceso y conteste la demanda dentro de los 30 días útiles siguientes a la notificación. Con esto, el caso queda oficialmente en manos del máximo tribunal, que deberá determinar los alcances de cada institución.
Lo que busca el JNE con su demanda
El JNE sostiene que el Poder Judicial no tiene facultades para alterar el cronograma electoral aprobado por el organismo, sobre todo cuando algunas de sus etapas ya han precluido.
Por ello, pide al TC que declare nulas las resoluciones judiciales que dispusieron la inscripción del partido Unidad Popular, y que reafirme su competencia exclusiva para administrar justicia en materia electoral.
Además, en el recurso presentado, el JNE solicita que se reconozca su autoridad para mantener y custodiar el Registro de Organizaciones Políticas, velar por el cumplimiento de las normas electorales y ejercer funciones jurisdiccionales en esa materia, tal como lo establece el artículo 178 de la Constitución.
El organismo electoral considera que el Poder Judicial estaría haciendo un "inadecuado ejercicio de sus competencias", lo cual, según advierte, menoscaba las atribuciones del JNE y genera confusión en el proceso rumbo a las elecciones generales de 2026.
Por su parte, el Tribunal Constitucional, además de admitir la demanda, también aprobó por mayoría la medida cautelar presentada por el JNE. Esta medida suspende los efectos de las resoluciones judiciales mientras se resuelve de manera definitiva el proceso competencial.
El caso ahora queda en manos del TC, que deberá resolver el enfrentamiento entre el JNE y el Poder Judicial por la inscripción del partido Unidad Popular, liderado por Duberlí Rodríguez.