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Chile: Congreso aprueba ley que permite anteponer el apellido de la madre

La Cámara de Diputadas y Diputados despacha el proyecto de ley que permite que el apellido de la madre anteceda al del padre.

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ley permite anteponer el apellido de la madre

29/04/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

Este jueves, el Congreso de Chile aprobó el proyecto de ley que autoriza a los padres a elegir el orden de los apellidos de sus hijos al momento de inscribir su nombre. Esta noticia fue difundida por la Cámara de Diputadas y Diputados del país, a través de su perfil público en Twitter, en donde precisan que las madres podrán anteponer sus apellidos si lo desean.

“Cámara despacha el proyecto que permite que el apellido de la madre anteceda al del padre. Padre y madre podrán elegir el orden de los apellidos al inscribir el nacimiento de sus hijas o hijos en común”, indicó el organismo.

Ante la aprobación de dicha ley por parte de los funcionarios del Estado, Pablo Vidal, diputado que impulsó esta iniciativa se pronunció al respecto.

“Hasta ahora, obligatoriamente los hijos a la hora de ser inscritos en el Registro Civil llevan en primer lugar el apellido del padre y luego el de la madre, a menos que no exista reconocimiento por parte del padre (...) Esperamos que esta ley en el corto plazo genere un verdadero impacto cultural en materia de género en nuestro país, acabando con esta discriminación arbitraria contra las madres”, señaló Vidal en diálogo con el medio local 'El Mostrador'.

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Cabe señalar que este dictamen fue aprobado anteriormente por el Senado, en donde se determinó algunas condiciones como la exclusión de esta alternativa a las personas que son investigadas o condenadas por delitos sexuales, tales como: abuso, acoso, explotación sexual y demás.

Asimismo, otra condición es que el orden elegido por los padres deberá ser el mismo para todos los hijos. Sin embargo, si no hay un acuerdo se asumirá que el recién nacido será inscrito con el primer apellido del padre y luego con el de la madre.

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