29/05/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 29/05/2026
El Poder Ejecutivo reveló la noche de este viernes 29 de mayo, la relación de los departamentos, provincias y distritos que estarán bajo estado de emergencia por impacto de daños, a consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales.
Es importante precisar que, el Gobierno oficializó la ampliación por 60 días calendario a través del Decreto Supremo N.º 081-2026-PCM; no obstante, quedaba pendiente el anexo con las localidades incluidas en la medida de excepción.
Lista de distritos que continuarán en estado de emergencia
Tal como es de conocimiento, son en total 41 distritos de 28 provincias, correspondientes a 11 regiones del país que continuarán en estado de emergencia a partir del 1 de junio de 2026, con la finalidad de continuar con la "ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan", para salvaguardar a la población frente a las intensas lluvias que podrían presentarse en las próximas semanas.
A continuación, te señalamos los distritos establecidos en el presente decreto supremo en los que regirá el nuevo estado de emergencia, con la finalidad de que puedas tomar las prevenciones del caso.
- Áncash: Aija, Acochaca, Fidel Olivas Escudero
- Apurímac: El Porvenir
- Arequipa: Mariano Nicolás Valcárcel
- Ayacucho: Iguain, Chungui, San Francisco de Ravacayco, San José de Ushua, Chilcayoc y Morcolla.
- Cajamarca: Magdalena, Choropampa, Gregorio Pita, Ichocan y Ninabamba.
- Cusco: Manitea y Ccarhuayo.
- Huancavelica: Vilca, Huamatambo, Tintay Puncu y Cochabamba.
- Huánuco: San Pablo de Pillao, Cayna, Canchabamba, Pinra, Pucayacu, Jivia, Queropalca y Obas.
- Junín: Orcotuna
- Lima: Alias, Huampara, Huañec, Miraflores, San Joaquín y Vitis.
- Pasco: Páucar, Tapuc y Vilcabamba.
Acciones a realizar
Durante el período de estado de emergencia, los Gobiernos regionales y locales comprendidos en el presente decreto supremo, realizarán las labores correspondientes con la coordinación técnica y seguimiento del INDECI y la participación del Ministerio de Salud, Ministerio de Educación, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Ministerio de Vivienda, Ministerio de Defensa, Ministerio del Interior, Ministerio de Transportes y Comunicaciones, Ministerio de Energía y Minas, Ministerio de la Mujer y Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y demás instituciones públicas y privadas involucradas.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Vale señalar que, según el Informe Situacional N.º 000024-2026-INDECI/DIRES, la Dirección de Respuesta del INDECI advierte que todavía queda pendiente las labores de limpieza y descolmatación de ríos y quebradas e implementación de soluciones habitacionales temporales, entre otros.
Finalmente, sobre la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.

