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Indecopi ordena a Innova Schools devolver pago de cuota de ingreso y matrícula a madre de familia

Indecopi ordena a Innova Schools devolver cuota de ingreso y matrícula a madre de familia tras cambiar modalidad presencial a virtual

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17/12/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

La Comisión de Protección al Consumidor N°2 del Indecopi ordenó a Colegios Peruanos S.A. (Innova Schools) devolver a una madre de familia el dinero pagado por cuota de ingreso y matrícula de su menor hijo, debido a que el servicio contratado no se cumplió de acuerdo con lo pactado, es decir se cambió de presencial a virtual, debido a la pandemia.

Hay que precisar que el monto a devolver por la cuota de ingreso, que se pagó en el 2018, se fijará descontando los años en que el niño sí recibió el servicio de manera presencial y alguna deuda que tuviera la madre de familia con el colegio. El monto a devolver por la matrícula del año 2020 es de S/ 590,00.

Asimismo, la Comisión confirmó la multa de 3,49 UIT, equivalentes a S/ 15 356 porque con su negativa el colegio infringió el artículo 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Cabe indicar que el caso fue denunciado ante el Órgano de Procedimientos Sumarísimos N°3 y tras ser apelado, la Comisión de Protección al Consumidor N°2 confirmó la decisión en última instancia administrativa.

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La Comisión resaltó el hecho que la denunciante, ante el cambio de modalidad de estudios, retiró a su menor hijo en abril de 2020, solicitud que fue aceptada por el colegio. Además, consideró que, si bien las partes habían pactado que los pagos por cuota de ingreso y matrícula no serían reembolsables, no establecieron las cargas y obligaciones que asumirían ante un evento extraordinario o imprevisible, como la pandemia, que llevó al Ministerio de Educación cambiar la modalidad de enseñanza, de presencial a virtual.

Por ello aplicó el artículo 1431 del Código Civil, el cual indica que en caso el servicio contratado no se pueda ejecutar por algún motivo ajeno a las partes, la institución educativa debió acceder a la solicitud de la consumidora, consistente en el reembolso de la cuota de ingreso y matrícula.

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