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¡Golpe a la minería informal!

Marina de Guerra incauta artefactos fluviales y materiales usados para la minería ilegal en Huánuco

La Marina de Guerra del Perú realizo un operativo contra la minería ilegal en el río Pachitea, región Huánuco, incautando tres artefactos fluviales artesanales tipo draga y diversos materiales utilizados por organizaciones criminales.

Golpe a la minería ilegal en Huánuco.
Golpe a la minería ilegal en Huánuco. Mindef

15/02/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 15/02/2026

En un nuevo ataque contra la minería informal en el territorio nacional, la Marina de Guerra del Perú ejecutó un operativo de interdicción contra la minería ilegal en el río Pachitea, región Huánuco.

Detalles del operativo

Es importante precisar, que la intervención se realizó en las inmediaciones de la quebrada del Pescador, donde la Jefatura del Distrito de Capitanía 4 y la Unidad de Control Fluvial Puerto Inca, desarrollaron una acción conjunta, obteniendo resultados concretos en la lucha contra las economías ilegales.

Durante la intervención, las fuerzas navales intervinieron tres artefactos fluviales artesanales tipo draga y diversos materiales utilizados por organizaciones criminales dedicadas a la extracción ilícita de minerales.

Cabe precisar, que  el accionar se desarrolló en coordinación con la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental (FEMA), destruyendo todos los bienes hallados, en cumplimiento del Decreto Legislativo N.º 1100.

"Las acciones de interdicción continuarán intensificándose como eje fundamental de los próximos operativos, garantizando el estricto cumplimiento de la ley", señaló la entidad en sus redes sociales.

¿Qué dice la ampliación de REINFO?

A través de la promulgación de la Ley N.º 32537, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el pasado 26 de diciembre, el REINFO tendrá vigencia hasta el último día del 2026 o hasta que promulgue la Ley Mape con su respectivo reglamento.

Del mismo modo, el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), en coordinación con los Gobiernos regionales y demás instituciones competentes, implementará y adoptará las "acciones normativas, administrativas y operativas orientadas a la simplificación de los procedimientos, el acompañamiento técnico a los operadores mineros y el fortalecimiento de las capacidades institucionales.

Además, dispone la realización de un Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal, tarea que coordinarán el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el MINEM y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (Ingemmet).

La ley también obliga a los titulares inscritos a sincerar su ubicación georreferenciada en un plazo máximo de 120 días calendario, desde su entrada en vigor, con el objetivo de verificar la ubicación exacta del yacimiento, del área de operación y de las actividades desarrolladas.

Asimismo, ordena la transferencia del acervo documentario desde los Gobiernos regionales hacia el MINEM vinculado al proceso de formalización minera integral, incluyendo expedientes físicos y digitales, bases de datos, informes técnicos, resoluciones, comunicaciones y cualquier otro documento relacionado, todo en un plazo máximo de 60 días calendario.

En el mismo plazo, la Sunafil se encargará de establecer las disposiciones reglamentarias para verificar que los titulares inscritos en el REINFO cumplan con la incorporación de sus trabajadores en planilla, conforme a la normativa laboral vigente.

Finalmente, también ha sido modificado el artículo 11 del Decreto Legislativo 1107, Decreto Legislativo que establece medidas de control y fiscalización en la distribución, transporte y comercialización de maquinarias y equipos que puedan ser utilizados en la minería ilegal así como del producto minero obtenido en dicha actividad.

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