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Motocicletas eléctricas y bicimotos deberán tener placa, SOAT y tarjeta de propiedad

Los conductores de estos vehículos deberán de tramitar su licencia de conducir tipo B2.

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12/01/2019 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) actualizó la clasificación vehicular, a través del Decreto Supremo Nº 019-2018-MTC donde especifica que los vehículos menores de dos o tres ruedas y cuatriciclos que circulan en vías públicas terrestres tendrán que tener una placa de rodaje, tarjeta de presentación y SOAT.

Asimismo, los conductores de los referidos vehículos deben contar con una licencia de conducir B2, que se puede gestionar a partir de los 18 años de edad en la autoridad de transporte de su jurisdicción. En el caso de Lima la responsable es la Municipalidad Metropolitana (MML) y luego, los conductores deberán seguir el trámite regular para la obtención de un brevete.

Los usuarios que hayan adquirido un vehículo menor de las características antes mencionadas deben cumplir con la normativa vigente.

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