05/12/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/12/2025
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) aprobó recientemente actualizar las especificaciones técnicas del uso de cascos y chalecos para motociclistas mediante la Resolución Directoral N.° 0028-2025-MTC/18. Entérate en esta nota cuáles son las modificaciones y cómo aplicarlas.
El mandato del Ejecutivo busca fortalecer la seguridad vial y reducir la gravedad de las lesiones en accidentes de tránsito, mediante la modificación los anexos de la RD e la RD N.° 0012-2025-MTC/18.
Nuevas reglas para uso de cascos y chalecos
Tras una serie de cambios durante el estado de emergencia declarado en Lima y Callao, la nueva normativa ahora permite a los motociclistas usar cascos con visores o lentes polarizados, una opción que antes estaba restringida únicamente a visores transparentes.
Asimismo, los conductores de motos podrán tener mayor comodidad durante la conducción, ya que se habilita el uso de pasamontañas, mascarillas u otros accesorios faciales que protejan del viento, frío, sol o polvo.

Respecto al chaleco distintivo, su uso solo será obligatorio cuando un decreto supremo declare estado de emergencia por orden interno y disponga esta medida en específico.
Tipo de cascos permitidos
Respecto a los tipos de cascos autorizados, la normativa identifica cuatro clasificados según su nivel de cobertura:
- Integral: ofrece la máxima protección, cubriendo cabeza, rostro y mentón.
- Modular o abatible: permite levantar la mentonera sin perder altos estándares de seguridad.
- Tipo jet (abierto): carece de protección en el mentón y suele recomendarse para zonas cálidas.
- Off-road o motocross: diseñado para condiciones exigentes y terrenos difíciles.
El MTC enfatizó en que el uso de estos cascos certificados reduce hasta en 40% el riesgo de muerte y en 70% las lesiones graves en eventuales siniestros viales, según la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Las estadísticas de la entidad también señalan que los motociclistas tienen entre 16 y 26 veces más probabilidad de fallecer que los ocupantes de un automóvil, al estar, evidentemente, más expuestos.
Sanciones y prohibiciones
Además, recordó que los conductores que no usen cascos o lentes protectores cometerían la infracción G.59 y serán sancionados con S/ 428 (8% de la UIT), 40 puntos en el Sistema de Licencias y retención del vehículo.
Cabe precisar que siguen prohibidos los cascos tipo bicicleta, skate, industriales, decorativos, así como aquellos sin certificación o con daños estructurales, debido a que no garantizan una protección adecuada.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones aprobó recientemente actualizar las especificaciones técnicas de cascos y chalecos para ciudadanos en moto.

