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Ante ola de criminalidad

Oficializan ley en favor de proteger a los transportistas: Serán capacitados y se monitorearán cuentas donde depositan los 'cupos'

El Congreso publicó la Ley N.º 32480, con el objetivo de establecer medidas de prevención y de respuesta en favor de los transportistas y empresas, víctimas de extorsión y sicariato.

05/11/2025 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 05/11/2025

El Congreso de la República promulgó la Ley N.º 32490, la cual establece medidas extraordinarias, destinadas a combatir los delitos de extorsión y sicariato que afectan a las empresas de transporte público y transporte de mercancías.

La presente ley, publicada en el Diario Oficial El Peruano, tiene por finalidad garantizar la continuidad y seguridad del servicio de transporte público y transporte de mercancías mediante acciones que comprenden medidas de prevención y preparación; así como, la reactivación del servicio y recuperación de la capacidad económica de las empresas de transporte público. 

Ley N.º 32490
Ley N.º 32490

¿En qué consiste la presente ley?

De acuerdo con el documento oficial, las medidas extraordinarias de prevención y preparación están a cargo del Ministerio del Interior, Policía Nacional del Perú (PNP), SUTRAN, Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), Ministerio de Economía y Finanzas, Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF - Perú) y de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), de acuerdo con sus competencias, con el objetivo de reducir el riesgo y prevenir la ocurrencia de actos de extorsión y sicariato, mediante el fortalecimiento de la seguridad económica, institucional y operativa de las empresas de transporte público, a través de acciones de prevención financiera, seguridad operativa, inteligencia en la prevención de delito, capacitación empresarial y apoyo financiero preventivo.

En ese sentido, la SBS verifica que las empresas supervisadas realicen el monitoreo de la recepción de pagos extorsivos, a fin de detectar movimientos ilícitos hacia cuentas bancarias, transferencias interbancarias, remesas, giros nacionales e internacionales, billeteras digitales o cualquier medio de transferencia de recursos vinculados a denuncias por extorsión. 

Del mismo modo, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) evalúa y acredita las rutas, paraderos, terminales o los buses que cuenten con sistemas de vigilancia, cámaras o botones de pánico integrados al Sistema de Comando, Control, Comunicaciones, Cómputo, Cibernética e Inteligencia (C5i) a disposición del Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES).

Por su parte, la PNP elabora y actualiza, en un plazo no mayor a 30 días, los mapas georreferenciados de extorsión y sicariato con alertas tempranas y registro de zonas críticas intervenidas. Asimismo, serán capacitados los gerentes, propietarios, conductores y cobradores en materia de detección y denuncia de actos extorsivos, a fin de promover una cultura de denuncia segura.

Medidas extraordinarias de respuesta y atención inmediata

Otro aspecto que detalla la ley son las medidas extraordinarias de respuesta y atención inmediata frente a los delitos mencionados, las cuales estarán a cargo de Ministerio del Interior, PNP, Ministerio Público, Poder Judicial, además de los ministerios de Economía y Finanzas, y de Transportes y Comunicaciones, con la finalidad de que actúen con rapidez, eficacia y coordinación interinstitucional

En esa línea, su enfoque de trabajo estará centralizado en: repuesta policial inmediata, protección a víctimas, continuidad del servicio y apoyo comunicacional. A manera de apoyo en favor de la reactivación y recuperación del servicio de transporte público y transporte de mercancías, se otorgan dar créditos blandos y exoneraciones temporales a las empresas que hayan sido formalmente afectadas por los delitos de extorsión o sicariato.

Además, se dispone la extinción de dominio a favor del Estado sobre los bienes, fondos, instrumentos financieros o valores que se encuentren en cuentas bancarias, billeteras electrónicas u otros medios de pago digitales que hayan sido utilizados, directa o indirectamente, para recibir, transferir o administrar recursos provenientes de actos de extorsión o sicariato, o de cualquier otra actividad delictiva vinculada a dichos delitos.

El texto también contempla la creación del Grupo Interinstitucional contra la Extorsión y el Sicariato (GIES), con ámbito nacional, conformado por personal de la Policía Nacional del Perú, Ministerio Público y Poder Judicial.

Desde el Congreso empiezan a tomar acciones más severas para salvaguardar la seguridad de los transportistas y empresas, víctimas de la delincuencia.

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