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Transparencia: La figura de nulidad debería ser modificada para no dilatar procesos electorales

La Ley Orgánica de Elecciones debería ser modificada para que los resultados electorales sean anunciados en el tiempo previsto, indicó el secretario de Transparencia.

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01/08/2021 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

¡Atención! Este domingo, el secretario técnico de la asociación civil Transparencia, Iván Lanegra, señaló que la Ley Orgánica de Elecciones deberá determinar en qué casos procede la figura de nulidad de actas electorales, que utilizó la organización política Fuerza Popular para defender un supuesto “fraude” en mesa en las Elecciones Generales 2021.

“No puede convertirse la figura de nulidad de mesas de sufragio en una suerte de etapa de revisión posterior del resultado electoral; esa no es su finalidad”, señaló en diálogo con la Agencia Andina.

Asimismo, Lanegra manifestó que el proceso no debe de durar más de una semana, debido a que ello genera que los resultados electorales no sean anunciados por los organismos electorales en el tiempo previsto.

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En esa línea, precisó que en la norma se debería de aclarar diversos temas que fueron cuestionados en los comicios pasados, tales como quienes pueden integrar la mesa electoral, la verificación de la identidad de los electores y los problemas surgidos por las actas de sufragio. Estos deberían ser resueltos el mismo día que los ciudadanos ejercen su voto y no días después.

“Como los procedimientos electorales son muy cortos, no pueden tomarse semanas para ver un tema, como sí ocurre en un juicio normal; los plazos serían de días, como máximo”, añadió.

Además, indicó que la ley debería "regular el caso del abandono de cargo" de los funcionarios que integran el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) o de alguna entidad "importante", debido a que ello perjudica el proceso electoral.

“La ley establece que no se puede renunciar, pero no se previó la posibilidad de que una persona decidiese abandonar el cargo (...). Debería haber algún tipo de disposición que se ponga en ese supuesto y establezca un mecanismo célere y ágil en función de esa situación excepcional, sin perjuicio de las sanciones que recibiría la persona por dejar su cargo”, sostuvo.

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