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España aprueba ley que despenaliza la eutanasia y el suicidio asistido

Este país se convierte en el séptimo país del mundo donde la eutanasia es legal.

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18/03/2021 / Exitosa Noticias / Mundo / Actualizado al 09/01/2023

Atención. Este jueves, el Parlamento de España aprobó definitivamente ley que despenaliza la eutanasia; esto convierte al país en uno de los pocos que permitirá a un paciente incurable recibir ayuda para morir y evitar su sufrimiento.

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La legislación recibió la luz verde en el Congreso de los Diputados con 202 votos a favor, de la izquierda, centro y regionalistas, 141 en contra, de la derecha y la extrema derecha, y dos abstenciones. Inmediatamente después, los aplausos resonaron en la cámara baja por varios minutos.

"Hoy somos un país más humano, más justo y más libre. La ley de eutanasia, ampliamente demandada por la sociedad, se convierte por fin en una realidad. Gracias a todas las personas que han peleado incansablemente para que el derecho a morir dignamente fuera reconocido en España", indicó el presidente Pedro Sánchez.

Cuando entre en vigor la ley, después de una moratoria de tres meses, España será el cuarto país europeo en permitir la muerte asistida; tras Holanda, Bélgica y Luxemburgo. En América Latina, solo Colombia la acepta, aunque no ha legislado al respecto.

La ley española autoriza la eutanasia (el personal médico administra la sustancia mortal); también el suicidio asistido (la persona se encarga de tomar la dosis prescrita).

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Condiciones

La norma prevé que toda persona con "enfermedad grave e incurable" o padecimiento "crónico e imposibilitante" pueda solicitar ayuda para morir y así evitarse "un sufrimiento intolerable".

Se imponen estrictas condiciones, como que la persona, de nacionalidad española o residente legal, sea "capaz y consciente" al hacer la petición; la debe formular por escrito "sin presión externa" y repetir quince días más tarde.

El médico siempre podrá rechazarla si considera que no se cumplen los requisitos. Además, debe ser aprobada por otro médico y por una Comisión de Evaluación.

Y cualquier profesional de la salud puede alegar "objeción de conciencia" para negarse a participar en el procedimiento, costeado por la sanidad pública.

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