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Política

JNE excluirá a los candidatos que entreguen dádivas en comicios 2020

Candidatos están advertidos. La infracción económica puede llegar hasta 30 UIT, equivalente a 126 mil soles.

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15/12/2019 / Exitosa Noticias / Política / Actualizado al 09/01/2023

Los Jurados Electorales Especiales (JEE) instalados en todo el país supervisarán las actividades proselitistas de los aspirantes a un curul.

El representante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), Miguel de la Cruz, señaló que los candidatos al Congreso se encuentran prohibidos de efectuar entrega o promesa de entrega de dinero, dadivas u otros objetos de naturaleza económica de manera directa o a través de terceros con el fin de asegurar el voto de los electores, porque podría llevarlos a ser excluidos del proceso electoral.

Durante su participación en el programa del JNE Noticias, Miguel de la Cruz precisó que al conocerse que un candidato incurre en incumplir la normativa, el JEE correspondiente inicia de oficio o ante una denuncia de parte, la investigación del caso y de determinar la infracción impone una multa equivalente a 30 Unidades Impositivas Tributarias (S/ 126,000), la misma que el JNE cobra coactivamente.

De acuerdo al Reglamento para la Fiscalización y procedimiento sancionador, la exclusión al proceso electoral se llega mediante un procedimiento gradual establecido y es aplicada la máxima sanción por la reincidencia del candidato infractor a la norma.

En caso de que el candidato cometa nuevamente la infracción con posterioridad o que la sanción de multa adquiera la condición de firme o consentida, el JEE dispone su exclusión. En caso de que el bien entregado supere las 2 UIT, el JEE correspondiente dispone la exclusión del candidato infractor.

Pero, en un evento proselitista gratuito, se puede hacer entrega de bienes para consumo individual e inmediato (sanguches, gaseosas, entre otros) y entregar artículos publicitarios, como propaganda electoral. Solo no deberán exceder del 0.3% de la UIT por cada bien entregado.

Lo resuelto por los JEE puede ser apelado al Pleno del JNE, el cual se pronunciará en última y definitiva instancia. Anotó también que la exclusión de candidatos de los comicios solo puede ocurrir hasta 30 días antes del acto de sufragio, es decir, hasta el próximo 27 de diciembre, según lo establece la Ley 30689.