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Congreso | Comisión de Constitución debate este miércoles predictamen que reestablece bicameralidad

Algunas de las competencias del Senado serían elegir a los magistrados del TC y escoger al defensor del Pueblo, así como ejecutar su remoción por alguna falta grave.

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31/05/2022 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

La Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República debatirá este miércoles 1 de junio, a las 2:00 p.m., el predictamen de reforma constitucional que reestablece la bicameralidad en el Parlamento.

"Comisión de Constitución y Reglamento debatirá Predictamen de #reformaconstitucional que reestablece la bicameralidad en el Congreso de la República. Este miércoles 1 de Junio 2pm.", se lee en la cuenta de Twitter del grupo de trabajo.

El documento plantea que el Congreso vuelva a contar con la Cámara de Senadores, integrada por 45 miembros, y la Cámara de Diputados, que tendrá 130 integrantes, quienes serán elegidos por un periodo de cinco años.

Además, señala que para postular al cargo de senador se requiere: ser peruano de nacimiento, gozar del derecho de sufragio, haber cumplido por lo menos 35 años, así como también contar con un mínimo de cinco años de experiencia profesional en el sector público o privado, o haber ejercido un cargo de elección popular.

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Mientras, para el caso de los candidatos a diputados, deben tener 25 años o más al momento de postular, ser peruano de nacimiento y gozar del derecho de sufragio.

De igual manera, en este predictamen se establece que los que sean candidatos a la presidencia o vicepresidencia de la República no pueden ser postulantes en ninguna de las dos representaciones del Legislativo.

Agregado a ello, se indica que los senadores y los diputados podrían ser reelegidos en el mismo cargo de manera inmediata; sin embargo, esto podrá ser solo por un periodo adicional (cinco años más).

Así mismo, se específica que algunas de las competencias del Senado serían elegir a los magistrados del Tribunal Constitucional (TC) y escoger al titular de la Defensoría del Pueblo, así como ejecutar su remoción por alguna falta grave.

En ese sentido, informan que también se podrá ratificar al contralor general de la República - a propuesta de presidente de la República - y ejecutar su remoción por alguna falta grave. También podrá ratificar al presidente del Banco Central de Reserva.

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