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Gobierno publicó reglamento sobre reprogramación y congelamiento de deudas

Reglamento publicado por el MEF se enfoca en las personas afectas económicamente por la pandemia que no pudieron pagar con regularidad sus deudas.

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Gobierno publicó reglamentos sobre reprogramación y congelamiento de deudas

18/10/2020 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

¡Atención! El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) publicó hoy el reglamento operativo de la norma que establece disposiciones extraordinarias para la reprogramación de créditos de consumo, personales, hipotecarios para vivienda vehiculares y MYPES.

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La normativa se enfoca en los clientes más vulnerables, que antes de la pandemia de la COVID-19 eran buenos pagadores, pero debido a la coyuntura actual su capacidad de pago se vio afectada y, por lo tanto, han requerido reprogramar sus deudas.

Para acceder al beneficio, las entidades del sistema financiero (ESF) - como primer paso - deberán suscribir con Cofide un contrato de garantía, que establece el marco operativo del otorgamiento de garantía dentro del ámbito del Programa de Garantías COVID-19.

El reglamento precisa que si Cofide descubre créditos reprogramados garantizados que no cumplen con los criterios y condiciones establecidas, la garantía otorgada se anulará automáticamente.

Plazos y garantías

Según estipula el reglamento, el plazo de la reprogramación no puede exceder el periodo de 3 años, que puede incluir un periodo de gracia; y no puede ser menor a 6 meses para créditos de consumo y personal, vehicular y MYPE, y de 9 meses en caso de créditos hipotecarios de vivienda.

Para los créditos hipotecarios, el Estado cuenta con un mecanismo similar, pero con una duración de 18 meses del cronograma de pagos original a partir de la fecha de reprogramación.

Personas naturales y MYPES

La reprogramación de deudas es válida para los clientes de todas las entidades financieras, siempre y cuando, cumplan con todos los requisitos establecidos y sean aprobados por las entidades según su capacidad de pago y su necesidad de reprogramación.

En caso de acceder al Programa de Garantías, los beneficiarios gozarán de estos tres beneficios tangibles:

Reducción entre 15% y 25% del costo financiero.

Extensión del plazo para cancelar la deuda (con plazo mínimo de reprogramación de 6 meses.

Establecimiento de un período de congelamiento de 90 días para créditos de consumo, personales, MYPES y vehicular.

En tanto, las personas naturales y MYPES interesadas deberán presentar una solicitud de reprogramación o congelamiento de deudas, indicando al crédito sobre el cual desean aplicar la solicitud, en caso, estos clientes tengan más de un tipo de crédito.

EL DATO:

En el caso de los créditos de consumo y personales, el programa de garantías aplicará para quienes tengan deudas no mayores a S/ 10,000.

Para los créditos hipotecarios, el monto de origen no debe ser mayor a S/ 250,000.

Para el caso de créditos vehiculares, el monto de origen debe ser no mayor a los S/ 50,000.

También para la reprogramación las mypes, aquellas que tengan un préstamo no mayor a S/ 20,000.

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