22/01/2026 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 22/01/2026
El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) recordó a los padres de familia de los colegios privados qué cobros están permitidos y cuáles no, ello a puertas de la matrícula 2026.
La matrícula 2026 en colegios privados
El organismo adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) presentó una guía informativa llamada "Checklist de Matrícula Escolar 2026" con el principal objetivo de que se puedan promover los derechos de los consumidores en el servicio educativo.
Según la normativa vigente, los cobros permitidos en las instituciones educativas son tres. La cuota de ingreso que se aplica solamente por única vez a estudiantes nuevos. Además, está la matrícula la cual no debe superar la pensión mensual. Esta última se presenta como tercer abono, que no puede cobrarse por adelantado.
También, el ente regulador subrayó que se encuentran totalmente prohibidas las tarifas realizadas a través de bingos, rifas, colectas o cuotas voluntarias. Sobre ello, la directora de Fiscalización del Indecopi, Milagros Pozo, remarcó en un videopodcast institucional que este 2026 está prevista la supervisión de 500 colegios privados en todo el Perú para garantizar el derecho de los padres de familia a un cobro justo.
Cabe mencionar que, en campañas anteriores la mayoría de sanciones impuestas a colegios privados corresponden a cobros indebidos. Por tal motivo, Indecopi exhortó a la los padres para que presenten denuncias en el caso de que detecten exigencias fuera de lo autorizado.
Mayores detalles sobre el proceso de matrícula
De igual forma, la entidad fiscalizadora recordó que las instituciones educativas privadas están obligadas 30 días antes de terminar el año escolar y 30 días antes del proceso de matrícula a informar sobre los nuevos montos de la pensión, matrícula y los servicios que se van a dar ese año lectivo, si habrá asistencia psicológica, por ejemplo, de manera que los padres de familia estén informados de estas condiciones.
Bajo esa premisa, indicó que esto incluye la oferta de asistencia psicológica u otros servicios a fin de que las familias puedan tomar decisiones informadas y con anticipación.
En tanto, en el caso de que un colegio decida negar la matrícula de un estudiante por deuda de pensiones, la directora de Fiscalización del Indecopi refirió que esta medida debe estar prevista en el contrato firmado en la matrícula anterior y notificada dentro de los plazos establecidos.
Como vemos, Indecopi recordó a los padres de familia de los colegios privados qué cobros están permitidos y cuáles no, ello a puertas de la matrícula 2026.

