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Sunedu emite norma que amplía plazo de cese a universidades con licencia denegada

A través de la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2022-SUNEDU/CD.

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12/04/2022 / Exitosa Noticias / Actualidad / Actualizado al 09/01/2023

La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) publicó hoy una norma que dispone que las universidades y escuelas de posgrados con licencia denegada, que cuenten con el plazo de cese vencido y que no lograron la ampliación excepcional de su cese de actividades, puedan acogerse excepcionalmente a una ampliación adicional de hasta por un plazo máximo de un año.

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A través de la Resolución del Consejo Directivo N° 030-2022-SUNEDU/CD, la entidad explica que, para acogerse a esta ampliación de cese, las universidades y escuelas de posgrado con licencia denegada deberán comunicar a la SUNEDU su decisión, de acuerdo con los criterios de oportunidad previstos en la mencionada normativa.

Asimismo, las instituciones tendrán que cumplir con las demás exigencias del régimen de ampliación excepcional del plazo de cese previstas en la resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD.

Entre las exigencias figura que las universidades deben presentar un informe que permita verificar que su gestión institucional y financiera garantizará su capacidad para la continuidad del servicio educativo.

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La norma indica que el cómputo del plazo excepcional, previsto en la presente resolución, se iniciará con la comunicación de respuesta enviada por la Dirección de Supervisión informando sobre el cumplimiento de las condiciones previstas en la Resolución del Consejo Directivo N° 044-2020-SUNEDU/CD, en el marco de la supervisión del régimen de cese de actividades.

Cabe precisar que la resolución lleva la firma del presidente del Consejo Directivo de la Sunedu, Oswaldo Zegarra.

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